Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Economía Social. Subvenciones. (2025060065)
Extracto de la Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones a las entidades asociativas de la economía social y el autoempleo de Extremadura para 2025. Línea II: Subvenciones a las entidades asociativas de trabajadores y trabajadoras autónomas.
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NÚMERO 10
2788
Jueves 16 de enero de 2025
De acuerdo con ello, la convocatoria se efectúa en el ejercicio 2024, mientras que la instrucción y resolución del procedimiento de concesión se efectuará en el ejercicio 2025, quedando
sometida dicha convocatoria a la condición suspensiva de que exista crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025.
El importe total del crédito para la anualidad 2025 destinado a esta convocatoria será de
428.669,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000 G/325A/48000
TE24001001 y código de proyecto 20100166 “Ayudas entidades asociativas”, siendo la fuente
de financiación Transferencia del Estado por importe de 428.669,00 euros.
El importe del crédito destinado a esta Línea II será de 138.669,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria y proyecto indicados.
Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta 45.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud podrá presentarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha
de publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos
con la administración competente para la tramitación de las presentes subvenciones.
Las solicitudes de subvención y de abono estarán disponibles en el portal web de información
al ciudadano de la Junta de Extremadura, www.juntaex.es, y se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf , o en el registro
electrónico de cualquiera de las entidades a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Mérida, 17 de diciembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ
2788
Jueves 16 de enero de 2025
De acuerdo con ello, la convocatoria se efectúa en el ejercicio 2024, mientras que la instrucción y resolución del procedimiento de concesión se efectuará en el ejercicio 2025, quedando
sometida dicha convocatoria a la condición suspensiva de que exista crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025.
El importe total del crédito para la anualidad 2025 destinado a esta convocatoria será de
428.669,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000 G/325A/48000
TE24001001 y código de proyecto 20100166 “Ayudas entidades asociativas”, siendo la fuente
de financiación Transferencia del Estado por importe de 428.669,00 euros.
El importe del crédito destinado a esta Línea II será de 138.669,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria y proyecto indicados.
Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta 45.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
La solicitud podrá presentarse en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha
de publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Sexto. Otros datos.
Las entidades solicitantes estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos
con la administración competente para la tramitación de las presentes subvenciones.
Las solicitudes de subvención y de abono estarán disponibles en el portal web de información
al ciudadano de la Junta de Extremadura, www.juntaex.es, y se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura, https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf , o en el registro
electrónico de cualquiera de las entidades a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Mérida, 17 de diciembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ