Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Actividades Culturales. Ayudas. (2025040005)
Extracto de la convocatoria de ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025.
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NÚMERO 10

2691

Jueves 16 de enero de 2025

Segundo. Objeto.
Ayudas destinadas a financiar la realización de proyectos que fomenten actividades o acciones
que contribuyan a generar contenidos de interés cultural en los municipios de la Comunidad
Autónoma de Extremadura por parte de personas jurídico privadas sin ánimo de lucro, con
fines culturales, que desarrollen actividades en el ámbito territorial de Extremadura y que
contribuyan a la participación de los extremeños en la vida cultural de su territorio.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 168/2024, de 26 de diciembre por el que se establecen las bases reguladoras de concesión de ayudas a personas jurídico-privadas sin ánimo de lucro, con fines culturales, para
la realización de proyectos de actividades de carácter cultural en municipios de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
Cuarto. Cuantía.
1. A la financiación de estas ayudas se destinará la cantidad máxima de doscientos cincuenta
mil euros (250.000,00 euros), que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria
150020000 G/273A/48000/20150249/CAG0000001, de los presupuestos generales de la
Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025.
2. 
La cuantía máxima por ayuda anual, no superará los 12.000,00 euros por proyecto y
beneficiario.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1. Las solicitudes, junto con el resto de documentación requerida, deberán ser presentadas de
modo telemático. La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la
información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico https://www.juntaex.es/w/0638722, dentro de la ficha correspondiente al trámite
2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ).
Sexto. Otros datos.
La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes efectuará durante el ejercicio previsto
en la convocatoria, un pago único, con carácter anticipado, siendo el 100 % del importe total
de la subvención concedida una vez publicada la resolución de concesión en el Diario Oficial de
Extremadura (http://doe.juntaex.es ) previa aceptación por parte de la entidad beneficiaria
de la subvención concedida.
Mérida, 26 de diciembre de 2024.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO
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