Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060033)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Tercera Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo Rural Jerez-Sierra Suroeste" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025
2463
petentes, en orden a un mejor cumplimiento del programa regional y a una mayor eficiencia
de las dotaciones financieras del mismo, podrán ajustar la contribución financiera asignada
al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el marco del programa
regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos previstos en el Decreto
64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de
programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada al Comité
de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en
consonancia con la necesaria consecución de los hitos del programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la aplicación del marco del rendimiento.
En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al Acuerdo de Modificación”.
Octavo. A propuesta del GAL ADERSUR, los fondos asignados a la submedida 19.1 “AYUDA
PREPARATORIA”, procedentes del PDR 2014-2022 que no han gastado en la elaboración de
la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2023-2027 (EDLP 2023-2027), deben ser asignados a la submedida 19.2 “APOYO A LA APLICACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO” y a la submedida 19.4 “APOYO A LOS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y ANIMACIÓN” con el fin de poder destinarlos a otros fines.
En este caso, proponen dar una baja de 25.000,00 € en la submedida 19.1 y dar un alta en
la submedida 19.2 por importe de 18.750,00 € con el fin de poder realizar otras actuaciones
que necesite su territorio en lo que resta del periodo de programación 2014-2022, cuya fecha
de elegibilidad se extiende hasta el 31/12/2025.
El resto del importe detraído a la submedida 19.1 será destinado a la submedida 19.4 de
“APOYO A LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y ANIMACIÓN” por una cuantía de 6.250,00 €.
Por otro lado, el GAL ADERSUR propone que una parte de los fondos asignados a la submedida
19.3 y a la submedida 19.4 sean reasignados al cuadro financiero de otros Grupos que lo necesiten. Concretamente proponen una baja de 31.884,75 € de la submedida 19.3 y una baja
de 10.628,25 € de la submedida 19.4 sumando un total de 42.513 € que serán trasvasados
a otros GAL.
Asimismo, se incluye la modificación de las distintas asignaciones según las fuentes de cofinanciación de la medida 19 afectadas por las nuevas tasas de cofinanciación acordadas tras
la última modificación del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, siendo
en este caso, del 85 % para FEADER y 15 % para las Administraciones nacionales. Esta modificación ha sido aprobada mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 27.9.2024 por
Miércoles 15 de enero de 2025
2463
petentes, en orden a un mejor cumplimiento del programa regional y a una mayor eficiencia
de las dotaciones financieras del mismo, podrán ajustar la contribución financiera asignada
al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el marco del programa
regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos previstos en el Decreto
64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de
programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada al Comité
de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en
consonancia con la necesaria consecución de los hitos del programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la aplicación del marco del rendimiento.
En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al Acuerdo de Modificación”.
Octavo. A propuesta del GAL ADERSUR, los fondos asignados a la submedida 19.1 “AYUDA
PREPARATORIA”, procedentes del PDR 2014-2022 que no han gastado en la elaboración de
la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2023-2027 (EDLP 2023-2027), deben ser asignados a la submedida 19.2 “APOYO A LA APLICACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO” y a la submedida 19.4 “APOYO A LOS
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y ANIMACIÓN” con el fin de poder destinarlos a otros fines.
En este caso, proponen dar una baja de 25.000,00 € en la submedida 19.1 y dar un alta en
la submedida 19.2 por importe de 18.750,00 € con el fin de poder realizar otras actuaciones
que necesite su territorio en lo que resta del periodo de programación 2014-2022, cuya fecha
de elegibilidad se extiende hasta el 31/12/2025.
El resto del importe detraído a la submedida 19.1 será destinado a la submedida 19.4 de
“APOYO A LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y ANIMACIÓN” por una cuantía de 6.250,00 €.
Por otro lado, el GAL ADERSUR propone que una parte de los fondos asignados a la submedida
19.3 y a la submedida 19.4 sean reasignados al cuadro financiero de otros Grupos que lo necesiten. Concretamente proponen una baja de 31.884,75 € de la submedida 19.3 y una baja
de 10.628,25 € de la submedida 19.4 sumando un total de 42.513 € que serán trasvasados
a otros GAL.
Asimismo, se incluye la modificación de las distintas asignaciones según las fuentes de cofinanciación de la medida 19 afectadas por las nuevas tasas de cofinanciación acordadas tras
la última modificación del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, siendo
en este caso, del 85 % para FEADER y 15 % para las Administraciones nacionales. Esta modificación ha sido aprobada mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 27.9.2024 por