Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060037)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Tercera Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio y el Grupo de Acción Local "Asociación para el Desarrollo de Monfragüe y su entorno" para la aplicación del enfoque Leader del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 en Extremadura, firmado el día 25 de noviembre de 2016.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025

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al programa comarcal a la evolución real del mismo, reasignando, en el marco del programa
regional, las dotaciones procedentes de estos ajustes en los términos previstos en el Decreto
64/2016, de 17 de mayo, de selección de EDLP y en el Decreto por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de
programación de desarrollo rural 2014-2020. Esta reasignación será comunicada al Comité
de Seguimiento del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2020. Todo ello en
consonancia con la necesaria consecución de los hitos del programa, sobre la base de la información y las evaluaciones que se realicen, de cara a la aplicación del marco del rendimiento.
En todo caso, estos trámites o autorizaciones deberán adoptarse con carácter previo al Acuerdo de Modificación”.
Octavo. A propuesta del GAL ADEME, los fondos asignados a la submedida 19.1 “AYUDA
PREPARATORIA”, procedentes del PDR 2014-2022 que no han gastado en la elaboración de
la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2023-2027 (EDLP 2023-2027), deben ser asignados a la submedida 19.2 “APOYO A LA APLICACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN LA
ESTRATEGIA DE DESARROLLO LOCAL PARTICIPATIVO” con el fin de poder destinarlos a otros
fines. En este caso, proponen dar una baja de 55.802,59 € en la submedida 19.1 y dar un alta
en la submedida 19.2 por importe de 55.802,59 €.
Por otro lado, han propuesto dar una baja en la submedida 19.3 “PREPARACIÓN Y REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN DEL GAL” por importe de 39.087,64 € para
dar un alta por esa misma cuantía en la submedida 19.2, con el fin de poder realizar otras actuaciones que necesite su territorio en lo que resta del periodo de programación 2014-2022,
cuya fecha de elegibilidad se extiende hasta el 31/12/2025.
El GAL ha propuesto dar una baja en la submedida 19.4 de “APOYO A LOS GASTOS DE FUNCIONAMIENTO Y ANIMACIÓN” por importe de 55.063,75 € para destinarla a la submedida
19.2.
Por tanto, con las bajas de las submedidas 19.1, 19.3 y 19.4, la submedida 19.2 recibe un
alta de 149.953,98 €.
Asimismo, se incluye la modificación de las distintas asignaciones según las fuentes de cofinanciación de la medida 19 afectadas por las nuevas tasas de cofinanciación acordadas tras
la última modificación del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, siendo
en este caso, del 85 % para FEADER y 15 % para las Administraciones nacionales. Esta modificación ha sido aprobada mediante Decisión de Ejecución de la Comisión de 27.9.2024 por
la que se aprueba la modificación del programa de desarrollo rural de Extremadura (España)
a efectos de la concesión de ayudas del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y se modifica la Decisión de Ejecución C(2015) 8193, de 18 de noviembre de 2015.