Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2024064023)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2025 de las ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 9
2574
Miércoles 15 de enero de 2025
TOTAL
b) Medios propios: mano de obra
NIF trabajador
Nombre y apellidos
N.º horas imputadas a la ayuda
Importe imputado a la
ayuda (2)
TOTAL
c) Medios propios: amortización medios auxiliares
Medio auxiliar
Justificación del
medio auxiliar que
amortizar (3)
Partida y capítulo del
presupuesto que
contiene su uso
Amortización imputada a la ayuda
(2)
TOTAL
(1) Se debe indicar la partida y el capítulo del apartado “mediciones y presupuestos” del proyecto.
(2) Solo se considerará gasto justificado el importe que figure en la columna de imputado a la ayuda recibida por la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes.
(3) Se deberá justificar la posesión del medio auxiliar y que se encuentra en período de amortización mediante factura.
2.2 Desviaciones en los presupuestos de mano de obra y de materiales y medios auxiliares.
Concepto
Coste efectivo (1)
Importe presupuesto inicial
(2)
Desviaciones del presupuesto
inicial (3)
Mano de obra
Materiales
Medios auxiliares
Totales
Notas explicativas:
ATENCIÓN: En las columnas se recogerán solo los gastos que se puedan justificar documentalmente.
(1) Coste efectivo de la mano de obra y de los materiales y medios auxiliares empleados en la obra. El importe en el caso de los materiales y
medios auxiliares coincidirá con el total imputado a la ayuda recibida por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes del apartado 2.1.a)
y del apartado 2.1.c). En el caso de la mano de obra coincidirá con el indicado en el apartado 2.1.b)
(2) Presupuesto inicial de la mano de obra y de los materiales y medios auxiliares indicados en el proyecto por el cual se le concedió la ayuda
(3) = (1)-(2) Diferencia entre el coste efectivo y el presupuestado en la solicitud, siendo negativa en el caso de una ejecución inferior a la prevista.
2574
Miércoles 15 de enero de 2025
TOTAL
b) Medios propios: mano de obra
NIF trabajador
Nombre y apellidos
N.º horas imputadas a la ayuda
Importe imputado a la
ayuda (2)
TOTAL
c) Medios propios: amortización medios auxiliares
Medio auxiliar
Justificación del
medio auxiliar que
amortizar (3)
Partida y capítulo del
presupuesto que
contiene su uso
Amortización imputada a la ayuda
(2)
TOTAL
(1) Se debe indicar la partida y el capítulo del apartado “mediciones y presupuestos” del proyecto.
(2) Solo se considerará gasto justificado el importe que figure en la columna de imputado a la ayuda recibida por la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes.
(3) Se deberá justificar la posesión del medio auxiliar y que se encuentra en período de amortización mediante factura.
2.2 Desviaciones en los presupuestos de mano de obra y de materiales y medios auxiliares.
Concepto
Coste efectivo (1)
Importe presupuesto inicial
(2)
Desviaciones del presupuesto
inicial (3)
Mano de obra
Materiales
Medios auxiliares
Totales
Notas explicativas:
ATENCIÓN: En las columnas se recogerán solo los gastos que se puedan justificar documentalmente.
(1) Coste efectivo de la mano de obra y de los materiales y medios auxiliares empleados en la obra. El importe en el caso de los materiales y
medios auxiliares coincidirá con el total imputado a la ayuda recibida por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes del apartado 2.1.a)
y del apartado 2.1.c). En el caso de la mano de obra coincidirá con el indicado en el apartado 2.1.b)
(2) Presupuesto inicial de la mano de obra y de los materiales y medios auxiliares indicados en el proyecto por el cual se le concedió la ayuda
(3) = (1)-(2) Diferencia entre el coste efectivo y el presupuestado en la solicitud, siendo negativa en el caso de una ejecución inferior a la prevista.