Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2024064023)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2025 de las ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025

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Se podrá incorporar personal asesor a propuesta del Presidente/a de la comisión.
En el caso de que alguno de los Vocales o el Secretario/a de la comisión no pudieran des­
empeñar sus funciones por enfermedad, ausencia o cualquier otra causa justificada, serán
sustituidos por un funcionario/a de la Dirección General de Jóvenes y Deportes nombra­
do por la persona titular de la Dirección General de Jóvenes y Deportes de la Junta de
Extremadura.
2. La comisión valorará las solicitudes presentadas en el plazo máximo de dos meses contado
desde la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes o de finalización del
trámite de subsanación, si lo hubiese.
3. L
 a comisión tendrá las siguientes funciones:
a. Evaluar las solicitudes conforme a los criterios de valoración establecidos en el apartado
siguiente.
b. F
 ormular el informe de valoración, que será vinculante para el órgano instructor a la
hora de dictar la propuesta de resolución.
4. Con anterioridad a la constitución de la Comisión de Valoración se publicará en el Diario
Oficial de Extremadura una resolución de la persona titular de la Secretaría General de la
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes identificando a las personas que la
integran, a efectos de poder cumplir con los procedimientos de recusación y abstención
previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público.
5. El régimen de funcionamiento de la Comisión de Valoración será el establecido para los
órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público. La persona que ejerza la Presidencia tendrá voto dirimente en caso de empate.
Decimoprimero. Criterios de valoración de las solicitudes.
1. Para la valoración de las solicitudes presentadas se utilizarán los criterios de valoración
que se indican a continuación siguiendo el orden establecido, siendo la puntuación máxima
alcanzable por cada solicitud de 100 puntos, conforme a la siguiente ponderación:
A) Criterio I. Valoración de la entidad solicitante (entre 0 y 50 puntos).


a. E
 n función del importe de las ayudas que la entidad beneficiaria haya recibido de la
Dirección General de Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura para la cons­
trucción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas durante los últimos
cuatro años naturales anteriores al de la publicación de la convocatoria: entre 0 y 35
puntos. La puntuación de este apartado se obtendrá aplicando la siguiente fórmula,