Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2024063957)
Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para el fomento del asociacionismo comercial correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 9
Miércoles 15 de enero de 2025

2504

La convocatoria, y las subvenciones concedidas serán publicadas en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos 17.1 y 20 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Las ayudas concedidas serán también publicadas en el Portal Electrónico de la Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de
21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
3. Así mismo, se remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la información sobre
las convocatorias y resoluciones de concesión derivadas de las mismas, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
4. L
 as entidades beneficiarias de las ayudas estarán obligadas a dar publicidad e identificar
la participación de las Administraciones Públicas en la financiación de los proyectos y actividades subvencionables. Esta difusión se realizará de conformidad con las prescripciones
contenidas en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura y el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión
de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
5. P
 revio al pago de la subvención concedida, las entidades beneficiarias deberán acreditar
mediante justificación documental gráfica suficiente el cumplimiento de la obligación de
información y publicidad. En este sentido, la asociación deberá informar al público del apoyo obtenido de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital haciendo una
breve descripción en su sitio de Internet, en caso de que disponga de uno, y colocando en
la sede de la asociación, en un lugar visible para el público, un cartel de un tamaño mínimo
A3 con información sobre la subvención obtenida.
Decimoctavo. Financiación de las ayudas.
1. El coste de las acciones previstas en la presente convocatoria será imputado a las partidas presupuestarias contenidas en el Programa 341A “Comercio de Calidad y Artesanía Extremeña”, de los presupuestos de 2025, con cargo a la aplicación presupuestaria
14003341A48000, Código de Proyecto de gasto 20180197, denominado “Ayudas para promover el asociacionismo comercial”, con un importe de 154.000 euros, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
2. En la presente convocatoria se seguirá el procedimiento de tramitación anticipada previsto
en la regla 69 de la Orden de 17 de diciembre de 2020, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Junta de Extremadura. En todo caso, la convocatoria queda
sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en los
Presupuestos del ejercicio 2025.