Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060017)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del Proyecto "Formación en gestión para directivos de equipos de Atención Primaria".
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NÚMERO 8

1916

Martes 14 de enero de 2025

Asimismo, ambas partes se comprometen, con el fin de coordinar y controlar el cumplimiento
de las disposiciones del presente convenio, a crear un Comité de Dirección del Proyecto que
estará constituido por:
— Un responsable de proyectos de FUNDESALUD o persona en quien delegue.
— El/La Subdirector/a de Atención Primaria de la DGAS del SES o persona en quien delegue.
— El técnico responsable del proyecto de la Subdirección de Atención Primaria o persona
en quien delegue.
Este Comité podrá nombrar cuantos equipos de trabajo, comisiones o tribunales que se precisen para el adecuado desarrollo de las actividades especificadas en el Anexo 2.
Cuarta. Forma de pago y justificación de la aportación dineraria.
Los gastos derivados de la ejecución de las actuaciones contenidas en este convenio serán
financiados con la aportación dineraria realizada por el SES, que asciende a 46.000 euros, con
cargo a la aplicación presupuestaria, fondo: TE21015001, Centro Gestor: 3901, Programa:
212B, Subconcepto: 22606, en base al siguiente desglose:

PARTIDAS ELEGIBLES

PRESUPUESTO

Servicios a contratar por FUNDESALUD:

40.000 €

Servicio de formación sobre gestión de Equipos de Atención Primaria, de acuerdo
a las acciones F.4.1 y F.4.3 del MAPyC destinadas a la formación de profesionales
sanitarios y no sanitarios relacionada con la mejora de la capacidad de resolución
del ámbito de la Atención Primaria y Comunitaria.

40.000 €

COSTES OPERATIVOS (85%)

40.000 €

GESTIÓN ADMINISTRATIVA FUNDESALUD (15%)
COSTES TOTAL PROYECTO

6.000 €
46.000 €

Dicha cantidad se abonará a FUNDESALUD, mediante la correspondiente transferencia bancaria que el SES efectuará en la cuenta corriente que FUNDESALUD designe al efecto, en el
primer trimestre de 2025.
Los gastos que se generen durante la ejecución del proyecto no podrán ser superiores a los
fondos percibidos en el marco del presente convenio.