Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060020)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del Proyecto "Capacitación de tutores y residentes de Atención Primaria y Comunitaria para la estrategia de Salud Comunitaria de Extremadura".
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NÚMERO 8
Martes 14 de enero de 2025
PARTIDAS ELEGIBLES
Servicios a contratar por FUNDESALUD:
Organización de encuentros formativos en atención comunitaria.
1953
PRESUPUESTO
13.000,00 €
13.000,00
Indemnizaciones por servicio
47.000,00 €
Retribuciones por formación, dietas y gastos de viaje para la ejecución de la capacitación de residentes, tutores y colaboradores docentes de atención primaria y
comunitaria para la estrategia de salud comunitaria de Extremadura
47.000,00 €
COSTES OPERATIVOS (85%)
60.000,00 €
GESTIÓN ADMINISTRATIVA FUNDESALUD (15%)
COSTES TOTAL PROYECTO
9.000,00 €
69.000,00 €
Dicha cantidad se abonará a FUNDESALUD, mediante la correspondiente transferencia bancaria que el SES efectuará en la cuenta corriente que FUNDESALUD designe al efecto, en el
primer trimestre de 2025.
Los gastos que se generen durante la ejecución del proyecto no podrán ser superiores a los
fondos percibidos en el marco del presente convenio.
Por tratarse de un expediente iniciado en el ejercicio anterior al de su ejecución, el presente
convenio estará sujeto a las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y quedará sometida a la condición suspensiva
de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivas de aquel
en el ejercicio presupuestario de 2025 de acuerdo con la Regla 69 de la Instrucción de contabilidad de la Junta de Extremadura, modificada por Resolución de 27 de julio de 2021 de la
Intervención General.
Quinta. Eficacia del convenio y periodo de vigencia.
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y expirará el 31 de diciembre
de 2025.
Sexta. Causas de modificación del convenio.
Los términos del presente convenio podrán ser modificados previo acuerdo entre las partes
suscriptoras, a través de la correspondiente adenda.
Martes 14 de enero de 2025
PARTIDAS ELEGIBLES
Servicios a contratar por FUNDESALUD:
Organización de encuentros formativos en atención comunitaria.
1953
PRESUPUESTO
13.000,00 €
13.000,00
Indemnizaciones por servicio
47.000,00 €
Retribuciones por formación, dietas y gastos de viaje para la ejecución de la capacitación de residentes, tutores y colaboradores docentes de atención primaria y
comunitaria para la estrategia de salud comunitaria de Extremadura
47.000,00 €
COSTES OPERATIVOS (85%)
60.000,00 €
GESTIÓN ADMINISTRATIVA FUNDESALUD (15%)
COSTES TOTAL PROYECTO
9.000,00 €
69.000,00 €
Dicha cantidad se abonará a FUNDESALUD, mediante la correspondiente transferencia bancaria que el SES efectuará en la cuenta corriente que FUNDESALUD designe al efecto, en el
primer trimestre de 2025.
Los gastos que se generen durante la ejecución del proyecto no podrán ser superiores a los
fondos percibidos en el marco del presente convenio.
Por tratarse de un expediente iniciado en el ejercicio anterior al de su ejecución, el presente
convenio estará sujeto a las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y quedará sometida a la condición suspensiva
de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivas de aquel
en el ejercicio presupuestario de 2025 de acuerdo con la Regla 69 de la Instrucción de contabilidad de la Junta de Extremadura, modificada por Resolución de 27 de julio de 2021 de la
Intervención General.
Quinta. Eficacia del convenio y periodo de vigencia.
El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y expirará el 31 de diciembre
de 2025.
Sexta. Causas de modificación del convenio.
Los términos del presente convenio podrán ser modificados previo acuerdo entre las partes
suscriptoras, a través de la correspondiente adenda.