Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Actividad Empresarial. Ayudas. (2025060024)
Extracto de la Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente a las ayudas para el acceso a mercados exteriores de empresas extremeñas denominado "Cheque Exporta" correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 8
1988
Martes 14 de enero de 2025
“Ayudas dirigidas a la nueva empresa exportadora “Cheque Exporta”. Respecto a la cuantía de
la ayuda, consistirán en una subvención del 80% del coste de la inversión presentado por la
empresa, siendo la inversión máxima subvencionable de 3.500 euros por expediente.
En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable deberá alcanzar la cantidad de 1.500
euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la
publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y
finalizará el 30 de septiembre de 2025, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario, y respetará el plazo mínimo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 10.4 de las bases reguladoras.
Sexto. Otros datos.
Estas ayudas se concederán de forma directa, mediante convocatoria abierta, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, al existir razones de interés público, social y económico que justifican la elección de este procedimiento, pues dada la agilidad que demanda
el comercio exterior, estas ayudas deben ser arbitradas, sin limitaciones de plazos ni restricciones temporales y concediéndose a todas aquellas solicitudes que cumplan los requisitos
establecidos.
Por tanto, las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan solicitando por las
entidades en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y criterios
establecidos en esta convocatoria, dentro del límite de la disponibilidad presupuestaria.
Mérida, 11 de diciembre de 2024.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
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1988
Martes 14 de enero de 2025
“Ayudas dirigidas a la nueva empresa exportadora “Cheque Exporta”. Respecto a la cuantía de
la ayuda, consistirán en una subvención del 80% del coste de la inversión presentado por la
empresa, siendo la inversión máxima subvencionable de 3.500 euros por expediente.
En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable deberá alcanzar la cantidad de 1.500
euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la
publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y
finalizará el 30 de septiembre de 2025, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario, y respetará el plazo mínimo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 10.4 de las bases reguladoras.
Sexto. Otros datos.
Estas ayudas se concederán de forma directa, mediante convocatoria abierta, en virtud de lo
dispuesto en los artículos 22.2 y 29 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, al existir razones de interés público, social y económico que justifican la elección de este procedimiento, pues dada la agilidad que demanda
el comercio exterior, estas ayudas deben ser arbitradas, sin limitaciones de plazos ni restricciones temporales y concediéndose a todas aquellas solicitudes que cumplan los requisitos
establecidos.
Por tanto, las subvenciones podrán irse concediendo conforme se vayan solicitando por las
entidades en la cuantía individualizada que resulte de la aplicación de los requisitos y criterios
establecidos en esta convocatoria, dentro del límite de la disponibilidad presupuestaria.
Mérida, 11 de diciembre de 2024.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
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