Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Medio Ambiente. Subvenciones. (2025060002)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de crédito entre anualidades y aplicaciones presupuestarias del Decreto 44/2023, de 3 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 7
1561
Lunes 13 de enero de 2025
En este sentido, el apartado octavo de la disposición adicional segunda, relativa a la convocatoria del decreto, establece que la distribución entre aplicaciones presupuestarias es estimativa y podrá ser objeto de modificación de acuerdo con las vinculaciones establecidas en
la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura con el objeto
de atender a las solicitudes por riguroso orden de prelación sin tener en cuenta el tipo de
solicitante.
Por su parte, el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exige para la distribución distinta entre los proyectos y
aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista, la publicación
en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación de la distribución del crédito por anualidades prevista en la convocatoria del Decreto
44/2023, de 3 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria. Línea
1 “Subvenciones a municipios destinadas a mejoras de infraestructuras de gestión, difusión
y uso público en áreas protegidas” y del apartado cuarto del extracto, referidos ambos a la
distribución temporal y económica de la cuantía prevista para la ayuda, que deben quedar
distribuidos del siguiente modo:
Anualidad 2024: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 0,00 €.
Anualidad 2025: 496.203,78 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 136.203,78 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 360.000,00 €.
Anualidad 2026: 1.003.796,22 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 1.003.796,22 €.
Mérida, 19 de diciembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ
1561
Lunes 13 de enero de 2025
En este sentido, el apartado octavo de la disposición adicional segunda, relativa a la convocatoria del decreto, establece que la distribución entre aplicaciones presupuestarias es estimativa y podrá ser objeto de modificación de acuerdo con las vinculaciones establecidas en
la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura con el objeto
de atender a las solicitudes por riguroso orden de prelación sin tener en cuenta el tipo de
solicitante.
Por su parte, el artículo 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exige para la distribución distinta entre los proyectos y
aplicaciones presupuestarias recogidos en la convocatoria inicialmente prevista, la publicación
en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano que ha aprobado la convocatoria, que contenga el texto de la modificación efectuada.
Por todo lo anterior, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación de la distribución del crédito por anualidades prevista en la convocatoria del Decreto
44/2023, de 3 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en Áreas Protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria. Línea
1 “Subvenciones a municipios destinadas a mejoras de infraestructuras de gestión, difusión
y uso público en áreas protegidas” y del apartado cuarto del extracto, referidos ambos a la
distribución temporal y económica de la cuantía prevista para la ayuda, que deben quedar
distribuidos del siguiente modo:
Anualidad 2024: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 0,00 €.
Anualidad 2025: 496.203,78 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 136.203,78 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 360.000,00 €.
Anualidad 2026: 1.003.796,22 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/460: 0,00 €.
— Aplicación presupuestaria G/354A/760: 1.003.796,22 €.
Mérida, 19 de diciembre de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO
GÓMEZ