Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2025040004)
Extracto del Decreto 162/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la primera convocatoria para el curso escolar 2024-2025.
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NÚMERO 7
Lunes 13 de enero de 2025
1791
EXTRACTO del Decreto 162/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de las ayudas destinadas al alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos
con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba
la primera convocatoria para el curso escolar 2024-2025. (2025040004)
BDNS(Identif.): 807534.
BDNS(Identif.): 807535.
BDNS(Identif.): 807536.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Efectuar la primera convocatoria, para el curso 2024-2025, de las ayudas destinadas a sufragar los gastos derivados de atención logopédica, de apoyo educativo domiciliario y de
psicoterapia del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que se encuentre
matriculado en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las Líneas de ayuda son las siguientes:
— Línea A: “Atención logopédica”.
Ayudas destinadas a sufragar los gastos por apoyo logopédico derivados de trastornos
del lenguaje y la comunicación que estén interfiriendo en el proceso de aprendizaje del
alumnado y por tanto en la consecución de los objetivos educativos.
— Línea B: “Apoyo educativo domiciliario al alumnado convaleciente”.
Ayudas destinadas a sufragar los gastos del apoyo educativo domiciliario, derivados de
la permanencia del alumnado en su domicilio por razones de convalecencia prolongada
por un periodo de tiempo superior a un mes, que imposibilita su asistencia regular a un
centro educativo.
Lunes 13 de enero de 2025
1791
EXTRACTO del Decreto 162/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen
las bases reguladoras de las ayudas destinadas al alumnado con necesidades
específicas de apoyo educativo, escolarizados en centros docentes sostenidos
con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba
la primera convocatoria para el curso escolar 2024-2025. (2025040004)
BDNS(Identif.): 807534.
BDNS(Identif.): 807535.
BDNS(Identif.): 807536.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones, (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura.
Primero. Objeto.
Efectuar la primera convocatoria, para el curso 2024-2025, de las ayudas destinadas a sufragar los gastos derivados de atención logopédica, de apoyo educativo domiciliario y de
psicoterapia del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo que se encuentre
matriculado en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las Líneas de ayuda son las siguientes:
— Línea A: “Atención logopédica”.
Ayudas destinadas a sufragar los gastos por apoyo logopédico derivados de trastornos
del lenguaje y la comunicación que estén interfiriendo en el proceso de aprendizaje del
alumnado y por tanto en la consecución de los objetivos educativos.
— Línea B: “Apoyo educativo domiciliario al alumnado convaleciente”.
Ayudas destinadas a sufragar los gastos del apoyo educativo domiciliario, derivados de
la permanencia del alumnado en su domicilio por razones de convalecencia prolongada
por un periodo de tiempo superior a un mes, que imposibilita su asistencia regular a un
centro educativo.