Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024064243)
Extracto de la Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la tercera convocatoria, correspondiente al ejercicio 2025, de subvenciones previstas en la Línea II del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, destinadas a financiar proyectos de acciones para la formación de cualificación y recualificación (reskilling/upskilling) de la población activa en sectores estratégicos, sector del cuidado de las personas y en zonas en riesgo de despoblación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 6
1547
Viernes 10 de enero de 2025
3. Las acciones formativas de 30 horas tienen un módulo económico por persona formada de
245 euros. Las acciones formativas de 60 horas tienen un módulo económico por persona
formada de 549 euros.
Para las acciones formativas de duración intermedia, se calcula el módulo de forma proporcional, resultando los módulos que figuran en la tabla incluida en el anexo VIII del Decreto
155/2022, de 21 de diciembre.
4. Cada solicitante podrá solicitar subvención por un único proyecto de formación, que contendrá todas las acciones formativas a ejecutar. El importe máximo a conceder a cada
beneficiario será de 200.000 euros.
5. E
n cualquier caso, el importe de la financiación no podrá superar el coste de la actuación,
resultante de multiplicar los módulos aplicables por el número de personas formadas, en
los términos previstos en el artículo 10 del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente
al de la publicación del extracto y la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ).
Séptimo. Otros datos.
Las solicitudes de las subvenciones reguladas en el decreto se formalizarán según el modelo
normalizado establecido como anexo I. La información del trámite estará disponible en el
punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites
https://www.juntaex.es/w/0639322?inheritRedirect=true dentro del correspondiente trámite.
El modelo normalizado de solicitud de concesión de la subvención deberá cumplimentarse
obligatoriamente en la herramienta informática habilitada al efecto por el Servicio Extremeño
Público de Empleo, ubicada en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ . Una vez cumplimentado dicho modelo en todos sus extremos y firmado de forma electrónica por la persona física o la persona que ostente la representación legal de la entidad en el caso de personas
jurídicas, deberá generarse el documento en formato pdf, para ser adjuntado a través del
correspondiente registro electrónico, en la forma indicada en la resolución de convocatoria.
Mérida, 17 de diciembre de 2024.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución 14 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180, de 19 de septiembre),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
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Viernes 10 de enero de 2025
3. Las acciones formativas de 30 horas tienen un módulo económico por persona formada de
245 euros. Las acciones formativas de 60 horas tienen un módulo económico por persona
formada de 549 euros.
Para las acciones formativas de duración intermedia, se calcula el módulo de forma proporcional, resultando los módulos que figuran en la tabla incluida en el anexo VIII del Decreto
155/2022, de 21 de diciembre.
4. Cada solicitante podrá solicitar subvención por un único proyecto de formación, que contendrá todas las acciones formativas a ejecutar. El importe máximo a conceder a cada
beneficiario será de 200.000 euros.
5. E
n cualquier caso, el importe de la financiación no podrá superar el coste de la actuación,
resultante de multiplicar los módulos aplicables por el número de personas formadas, en
los términos previstos en el artículo 10 del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente
al de la publicación del extracto y la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es ).
Séptimo. Otros datos.
Las solicitudes de las subvenciones reguladas en el decreto se formalizarán según el modelo
normalizado establecido como anexo I. La información del trámite estará disponible en el
punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites
https://www.juntaex.es/w/0639322?inheritRedirect=true dentro del correspondiente trámite.
El modelo normalizado de solicitud de concesión de la subvención deberá cumplimentarse
obligatoriamente en la herramienta informática habilitada al efecto por el Servicio Extremeño
Público de Empleo, ubicada en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ . Una vez cumplimentado dicho modelo en todos sus extremos y firmado de forma electrónica por la persona física o la persona que ostente la representación legal de la entidad en el caso de personas
jurídicas, deberá generarse el documento en formato pdf, para ser adjuntado a través del
correspondiente registro electrónico, en la forma indicada en la resolución de convocatoria.
Mérida, 17 de diciembre de 2024.
El Secretario General del SEXPE,
PD, Resolución 14 de septiembre de 2023
(DOE n.º 180, de 19 de septiembre),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
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