Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024064256)
Extracto de la Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la tercera convocatoria, correspondiente al ejercicio de 2025, de subvenciones previstas en la Línea I del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre, destinadas a financiar proyectos de acciones para la formación de cualificación y recualificación (reskilling/upskilling) de la población activa en sectores estratégicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 4
1392
Miércoles 8 de enero de 2025
3. Las acciones formativas de 30 horas tienen un módulo económico por persona formada de
245 euros. Las acciones formativas de 60 horas tienen un módulo económico por persona
formada de 549 euros. Para las acciones formativas de duración intermedia, se calcula el
módulo de forma proporcional, resultando los módulos que figuran en la tabla incluida en
el Anexo VIII del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre.
4. Cada solicitante podrá solicitar subvención por un único proyecto de formación, que contendrá todas las acciones formativas a ejecutar. El importe máximo a conceder a cada
beneficiario será de 200.000 euros.
5. E
n cualquier caso, el importe de la financiación no podrá superar el coste de la actuación,
resultante de multiplicar los módulos aplicables por el número de personas formadas, en
los términos previstos en el artículo 10 del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre.
Octavo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de las solicitudes será de
quince días hábiles a partir del día siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la resolución de la convocatoria y el extracto.
Las entidades solicitantes podrán presentar sus solicitudes durante todo el periodo de vigencia de la convocatoria.
Noveno. Otros datos.
Las solicitudes de las subvenciones se formalizarán según el modelo normalizado establecido
como Anexo I de la resolución de convocatoria. La información del trámite estará disponible
en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es
dentro del correspondiente trámite.
El modelo normalizado de solicitud de concesión de la subvención deberá cumplimentarse
obligatoriamente en la herramienta informática habilitada al efecto por el Servicio Extremeño
Público de Empleo, ubicada en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ . Una vez cumplimentado dicho modelo en todos sus extremos y firmado de forma electrónica por la persona física o la persona que ostente la representación legal de la entidad en el caso de personas
jurídicas, deberá generarse el documento en formato pdf, para ser adjuntado a través del
correspondiente registro electrónico, en la forma indicada en la resolución de convocatoria.
Mérida, 13 de diciembre de 2024.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución 14 de septiembre de 2023,
DOE n.º 180, de 19 de septiembre),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO
1392
Miércoles 8 de enero de 2025
3. Las acciones formativas de 30 horas tienen un módulo económico por persona formada de
245 euros. Las acciones formativas de 60 horas tienen un módulo económico por persona
formada de 549 euros. Para las acciones formativas de duración intermedia, se calcula el
módulo de forma proporcional, resultando los módulos que figuran en la tabla incluida en
el Anexo VIII del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre.
4. Cada solicitante podrá solicitar subvención por un único proyecto de formación, que contendrá todas las acciones formativas a ejecutar. El importe máximo a conceder a cada
beneficiario será de 200.000 euros.
5. E
n cualquier caso, el importe de la financiación no podrá superar el coste de la actuación,
resultante de multiplicar los módulos aplicables por el número de personas formadas, en
los términos previstos en el artículo 10 del Decreto 155/2022, de 21 de diciembre.
Octavo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de las solicitudes será de
quince días hábiles a partir del día siguiente al que se publique en el Diario Oficial del Extremadura la resolución de la convocatoria y el extracto.
Las entidades solicitantes podrán presentar sus solicitudes durante todo el periodo de vigencia de la convocatoria.
Noveno. Otros datos.
Las solicitudes de las subvenciones se formalizarán según el modelo normalizado establecido
como Anexo I de la resolución de convocatoria. La información del trámite estará disponible
en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites https://www.juntaex.es
dentro del correspondiente trámite.
El modelo normalizado de solicitud de concesión de la subvención deberá cumplimentarse
obligatoriamente en la herramienta informática habilitada al efecto por el Servicio Extremeño
Público de Empleo, ubicada en la web https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ . Una vez cumplimentado dicho modelo en todos sus extremos y firmado de forma electrónica por la persona física o la persona que ostente la representación legal de la entidad en el caso de personas
jurídicas, deberá generarse el documento en formato pdf, para ser adjuntado a través del
correspondiente registro electrónico, en la forma indicada en la resolución de convocatoria.
Mérida, 13 de diciembre de 2024.
El Secretario General del SEXPE,
(PD, Resolución 14 de septiembre de 2023,
DOE n.º 180, de 19 de septiembre),
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO