Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2024064180)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de normalización dirigidos a personas con discapacidad, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2025.
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NÚMERO 3
Martes 7 de enero de 2025
931
Para tener derecho a la subvención se deberá obtener una puntuación mínima de 20 puntos, una vez sumados los puntos obtenidos en las dos primeras fases de valoración.
2. Una vez recibidas las solicitudes y completada, en su caso, la documentación, se procederá
a su valoración.
3. Los proyectos se presentarán siguiendo el modelo establecido en la convocatoria y se valorarán conforme a los siguientes criterios y la ponderación que a continuación se relaciona:
1.ª Fase de Valoración. Los proyectos presentados se valorarán en una primera fase en
atención a los siguientes criterios, siendo necesario obtener un mínimo de 4 puntos en
el criterio a) y de 3 puntos en el criterio b) para pasar a la siguiente fase de valoración:
a) El contenido y la calidad técnica de los proyectos de normalización se valorarán en
función de los siguientes ítems, valorándose cada uno de ellos, según su contenido,
con un máximo de 0.5 puntos, hasta un total máximo de 6 puntos:
— Justificación de la necesidad y finalidad del proyecto.
— Ámbito geográfico del proyecto.
— Características de los beneficiarios del proyecto.
— Necesidad de las personas usuarias que justifiquen su inclusión en el proyecto.
— Objetivos generales del proyecto (3 o más).
— Objetivos específicos del proyecto (5 o más).
— Enumeración de las actividades del proyecto.
— Relación entre objetivos específicos del proyecto y las actividades.
— Descripción del procedimiento de intervención que se llevará a cabo para la ejecución del proyecto.
— Herramientas de evaluación y seguimiento del proyecto.
— Descripción de la duración del proyecto.
— Recursos materiales necesarios. Recursos con los que disponga la entidad para la
ejecución del proyecto.
Martes 7 de enero de 2025
931
Para tener derecho a la subvención se deberá obtener una puntuación mínima de 20 puntos, una vez sumados los puntos obtenidos en las dos primeras fases de valoración.
2. Una vez recibidas las solicitudes y completada, en su caso, la documentación, se procederá
a su valoración.
3. Los proyectos se presentarán siguiendo el modelo establecido en la convocatoria y se valorarán conforme a los siguientes criterios y la ponderación que a continuación se relaciona:
1.ª Fase de Valoración. Los proyectos presentados se valorarán en una primera fase en
atención a los siguientes criterios, siendo necesario obtener un mínimo de 4 puntos en
el criterio a) y de 3 puntos en el criterio b) para pasar a la siguiente fase de valoración:
a) El contenido y la calidad técnica de los proyectos de normalización se valorarán en
función de los siguientes ítems, valorándose cada uno de ellos, según su contenido,
con un máximo de 0.5 puntos, hasta un total máximo de 6 puntos:
— Justificación de la necesidad y finalidad del proyecto.
— Ámbito geográfico del proyecto.
— Características de los beneficiarios del proyecto.
— Necesidad de las personas usuarias que justifiquen su inclusión en el proyecto.
— Objetivos generales del proyecto (3 o más).
— Objetivos específicos del proyecto (5 o más).
— Enumeración de las actividades del proyecto.
— Relación entre objetivos específicos del proyecto y las actividades.
— Descripción del procedimiento de intervención que se llevará a cabo para la ejecución del proyecto.
— Herramientas de evaluación y seguimiento del proyecto.
— Descripción de la duración del proyecto.
— Recursos materiales necesarios. Recursos con los que disponga la entidad para la
ejecución del proyecto.