Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2024064182)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de proyectos de atención a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave, financiadas con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2025.
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NÚMERO 3
Martes 7 de enero de 2025

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dad Autónoma de Extremadura (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index),
con expresión de la convocatoria, del programa de ayudas, el crédito presupuestario al que
se imputan, entidad beneficiaria, cantidad concedida y finalidad de la subvención, y de existir
financiación con cargo a los Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y
publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que le sea de aplicación, todo ello en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, serán objeto de publicidad en
el Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (http://gobiernoabierto.juntaex.es ), de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno
Abierto de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias ) conforme a lo establecido en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Décimo primero. Financiación.
1. Conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 5 de junio de 2023, por la que
se establecen las bases reguladoras, la financiación por parte de la Consejería de Salud
y Servicios Sociales de las subvenciones convocadas a través de esta resolución tendrá
como límite la cantidad destinada a estos efectos en la Ley de Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad 2025 por un importe total de
1.100.000 euros, en la siguiente aplicación presupuestaria:
110060000/G/232A/48000/CAG0000001/20100318.
2. El crédito presupuestario anterior se distribuirá entre los programas con las siguientes
cuantías:
— Apoyo Residencial (8,76%): 96.360,00 €.
— Programas de Integración laboral (45,87%): 504.570,00 €.
— Programas de Integración Social (38,23 %): 420.530,00 €.
— Sensibilización a la población y promoción de la imagen positiva de personas con Tmg
(7,14%):78.540,00 €.
3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y el artículo 4.2 de la Orden de
5 de junio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras, se adjudicarán aquellas
solicitudes que reuniendo los requisitos establecidos hayan obtenido una mayor valoración
en aplicación de dichos criterios, teniendo como límite la cuantía global de los créditos