Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2024064231)
Extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se efectúa convocatoria de ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 3
Martes 7 de enero de 2025
790
EXTRACTO de la Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría
General, por la que se efectúa convocatoria de ayudas a las inversiones
materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en
infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de
comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco
del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, correspondiente al ejercicio
2025 (2024064231)
BDNS(Identif.): 805924
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Las ayudas están destinadas a apoyar las operaciones del sector vitivinícola en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, incluidas dentro de la intervención de inversiones de la sección 2ª
del capítulo II del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (BOE
n.º 257, de 26 de octubre).
Segundo. Beneficiarias.
Podrán acceder a la condición de beneficiarias las entidades que se recogen en el artículo 19
del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, sobre las que recaiga la carga financiera de las
inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación e infraestructuras
vinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, incluso con el fin de
mejorar el ahorro de energía, la eficiencia energética global y los procesos sostenibles, que se
refieran a la producción, comercialización, o ambas, de los productos vitivinícolas mencionados en el anexo VII, parte II del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y que se hayan producido en territorio español.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 15/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas
a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro
de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria
Martes 7 de enero de 2025
790
EXTRACTO de la Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría
General, por la que se efectúa convocatoria de ayudas a las inversiones
materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en
infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de
comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco
del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, correspondiente al ejercicio
2025 (2024064231)
BDNS(Identif.): 805924
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Las ayudas están destinadas a apoyar las operaciones del sector vitivinícola en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, incluidas dentro de la intervención de inversiones de la sección 2ª
del capítulo II del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común (BOE
n.º 257, de 26 de octubre).
Segundo. Beneficiarias.
Podrán acceder a la condición de beneficiarias las entidades que se recogen en el artículo 19
del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, sobre las que recaiga la carga financiera de las
inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación e infraestructuras
vinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, incluso con el fin de
mejorar el ahorro de energía, la eficiencia energética global y los procesos sostenibles, que se
refieran a la producción, comercialización, o ambas, de los productos vitivinícolas mencionados en el anexo VII, parte II del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y que se hayan producido en territorio español.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 15/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas
a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro
de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria