Fundación Academia Europea E Iberoamericana De Yuste. Fundaciones. Becas. (2024082143)
Anuncio de 18 de diciembre de 2024 por el que se hace pública la convocatoria de las "Becas Europeas de Investigación y Movilidad en Estudios Europeos Premio Europeo Carlos V - Angela Merkel" de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste.
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NÚMERO 3
Martes 7 de enero de 2025

1044

3. L
 a justificación se realizará mediante la certificación expresa de la presentación de los trabajos finales (versión definitiva), firmada por el Director Gerente de la Fundación.
4. L
 a Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste se compromete a abonar los pagos de las becas en un plazo máximo de tres meses desde la resolución de la convocatoria.
Décima. Efectos.
La presente convocatoria producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
Undécima. Reintegro de la beca concedida.
1. P
 rocederá el reintegro total o parcial de la beca concedida, así como la exigencia del interés
de demora devengado desde el momento efectivo del pago de la subvención hasta la fecha
en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los siguientes casos:
a) Ocultar o falsear datos tomados en cuenta para la concesión de la ayuda.
b) Anulación de la matrícula universitaria.
c) No finalización del trabajo de investigación o incumplimiento de alguna de las obligaciones que se detallan en la Base Decimotercera del Decreto 54/2018 de 8 de mayo.
d) Cualesquiera otras previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. C
 uando el cumplimiento por parte de la persona beneficiaria se aproxime de modo significativo al cumplimiento total, y se acredite por éste una actuación inequívocamente tendente a la satisfacción de sus compromisos, la cantidad a reintegrar vendrá determinada
en virtud del principio de proporcionalidad. Se considera que el cumplimiento se aproxima
de modo significativo al cumplimiento total, cuando se hayan cumplido las obligaciones
establecidas en el apartado a), c) y d) de la base decimotercera del Decreto 54/2018, de
8 de mayo, procediéndose a efectuar el reintegro del 20 % de la cuantía total de la beca
concedida en caso de incumplimiento del punto b) y del 10 % en caso de incumplimiento
del punto e) de dicha base decimotercera.
Mérida, 18 de diciembre de 2024. El Presidente de la Comisión Ejecutiva de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste, ABEL BAUTISTA MORÁN.