Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024064170)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y Fundación Trilema para la implantación de acciones de innovación educativa que promuevan hábitos saludables, autorregulación y gestión de emociones en el alumnado de Educación Infantil y Educación Primaria, a través del Programa educativo "Fluye".
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NÚMERO 1
67
Jueves 2 de enero de 2025
Duodécima. Comisión de Seguimiento.
Con objeto de garantizar la ejecución de este convenio y el cumplimiento de sus fines, se
establecerá una Comisión de Seguimiento, integrada por una persona que represente a cada
una de las partes, para la interpretación, el seguimiento y control de la ejecución de las actividades objeto del convenio y de la aplicación del mismo.
A sus reuniones podrá asistir, además, el personal técnico que ambas partes consideren oportunos.
Decimotercera. Ley y jurisdicción aplicable.
El presente convenio tiene naturaleza y jurisdicción administrativa, considerándose excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público. Las controversias sobre la interpretación y ejecución del mismo que no puedan ser
resueltas por la Comisión de Seguimiento se someterán a la jurisdicción de los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo competentes.
Y en prueba de su conformidad con el contenido del presente convenio, se firma por ambas
partes.
Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional.
El Secretario General Presidenta,
(PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
DOE núm. 156, de 14 de agosto),
FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
Fundación TRILEMA,
D.ª CARMEN PELLICER IBORRA
67
Jueves 2 de enero de 2025
Duodécima. Comisión de Seguimiento.
Con objeto de garantizar la ejecución de este convenio y el cumplimiento de sus fines, se
establecerá una Comisión de Seguimiento, integrada por una persona que represente a cada
una de las partes, para la interpretación, el seguimiento y control de la ejecución de las actividades objeto del convenio y de la aplicación del mismo.
A sus reuniones podrá asistir, además, el personal técnico que ambas partes consideren oportunos.
Decimotercera. Ley y jurisdicción aplicable.
El presente convenio tiene naturaleza y jurisdicción administrativa, considerándose excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector
Público. Las controversias sobre la interpretación y ejecución del mismo que no puedan ser
resueltas por la Comisión de Seguimiento se someterán a la jurisdicción de los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo competentes.
Y en prueba de su conformidad con el contenido del presente convenio, se firma por ambas
partes.
Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional.
El Secretario General Presidenta,
(PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
DOE núm. 156, de 14 de agosto),
FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
Fundación TRILEMA,
D.ª CARMEN PELLICER IBORRA