Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024064170)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y Fundación Trilema para la implantación de acciones de innovación educativa que promuevan hábitos saludables, autorregulación y gestión de emociones en el alumnado de Educación Infantil y Educación Primaria, a través del Programa educativo "Fluye".
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NÚMERO 1
Jueves 2 de enero de 2025

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8.2. La obligación de confidencialidad no será de aplicación a la información: (i) que resulte
accesible al público (siempre que su conocimiento público sea fruto de causas distintas del
incumplimiento de la obligación de confidencialidad por la Parte receptora); (ii) que haya sido
publicada con anterioridad a la fecha de la firma de este convenio; (iii) que obre ya en poder
de la Parte receptora y no esté sujeta a cualquier otro acuerdo de confidencialidad entre las
partes, siempre que este hecho sea puesto de manifiesto a la otra Parte en el momento de su
comunicación; (iv) que sea recibida a través de terceros y sin que implique incumplimiento de
este convenio; (v) que sea independientemente desarrollada por la Parte receptora; o (vi) que
deba ser revelada para dar cumplimiento a una orden de naturaleza judicial o administrativa
(en cuyo caso la Parte receptora de tal requerimiento deberá informar inmediatamente a la
otra Parte y adoptar todas las medidas de seguridad disponibles para evitar que la información de que se trate se divulgue antes de que deba ser revelada).
8.3. Independientemente de las responsabilidades que puedan derivarse del incumplimiento
del presente convenio, así como de cualquier indemnización potencial por daños y perjuicios
que pueda establecerse, el incumplimiento de este deber de confidencialidad conllevará la
resolución del presente convenio.
8.4. Dicho deber de confidencialidad subsistirá durante la vigencia del presente convenio e
incluso tras su extinción, a perpetuidad.
Novena. Protección de datos personales.
9.1. En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y demás normativa vigente en materia de protección de datos personales, las partes recíprocamente se informan sobre el tratamiento de
los datos personales aportados en este Acuerdo. Los datos serán incorporados a un fichero
titularidad de la otra parte, con la finalidad de mantener las relaciones contractuales. La base
jurídica que legitima el tratamiento de los datos es la necesidad para la celebración y ejecución de la relación contractual entre las partes.
9.2. Una vez finalizada la vigencia del convenio, Fundación Trilema se compromete a devolver o destruir (i) los datos personales de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional a los que haya tenido acceso; (ii) los datos personales generados por causa de
su tratamiento; y (iii) los soportes y documentos en que cualquiera de estos datos conste,
sin conservar copia alguna; salvo que se permita o requiera por ley o por norma de derecho
comunitario su conservación, en cuyo caso no procederá la destrucción. Los datos podrán no
obstante conservarse durante el tiempo que puedan derivarse responsabilidades como consecuencia de la ejecución del presente convenio. En este último caso, los datos personales se
conservarán bloqueados y por el tiempo mínimo, destruyéndose de forma segura y definitiva
al final de dicho plazo.