Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2024064022)
Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, de convocatoria de ayudas para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 252
Martes 31 de diciembre de 2024

68124

Por ello, previos los trámites legales, en virtud de lo expuesto y de la competencia que me
atribuye el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, y previa autorización del Consejo de Gobierno en sesión de 2 de
diciembre de 2024,
RESUELVO:
Primero. Norma que regula las subvenciones y publicación en el Diario oficial de
Extremadura.
Las bases reguladoras de estas subvenciones se aprueban por Decreto 64/2024, de 2 de julio,
se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el establecimiento y mantenimiento
de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se convocan las ayudas para el ejercicio 2024, publicado en el Diario
Oficial de Extremadura número 146, de 29 de julio.
Segundo. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto convocar, mediante tramitación anticipada, las ayudas
para el establecimiento y mantenimiento de los programas de cría de razas ganaderas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. Asociaciones beneficiarias y requisitos.
1. P
 odrán solicitar las ayudas, las Asociaciones de criadores y criadoras de razas ganaderas autóctonas españolas que carezcan de ánimo de lucro y que hayan sido reconocidas
oficialmente por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación o por la Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de acuerdo con el artículo 9 del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables
a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material
reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las
razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992,
de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre.
Asimismo, podrán también ser beneficiarias aquellas Asociaciones de ámbito autonómico
reconocidas por la autoridad competente y colaboradoras en la realización de las actividades recogidas en el programa de difusión de dichas razas.
Las obligaciones para las beneficiarios en relación con los compromisos serán:
— Tener personalidad jurídica.