Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064154)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de un sondeo para el aprovechamiento de aguas subterráneas en el término municipal de Villar del Pedroso (Cáceres), promovido por Teresa Vicente-Franqueira García-Miranda. Expte.: IA24/0918.
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NÚMERO 251
Lunes 30 de diciembre de 2024
67724
cuenta las consideraciones expuestas en este informe para evitar cualquier actuación
que pudiera afectar negativamente al dominio público hidráulico.
A
PROVECHAMIENTOS DE AGUA.
S
e indica que no consta en la información disponible en este Organismo que, por parte
de la promotora, se haya solicitado el necesario título concesional de aguas, por lo que
se indica que, para realizar el abastecimiento desde el sondeo objeto de este expediente,
es necesario solicitar a este Organismo el correspondiente título concesional mediante
una solicitud de aprovechamientos de aguas, que en función de las características del
aprovechamiento se diferencian en:
— Inscripciones en sección B:
— Son aprovechamientos de aguas subterráneas utilizadas en la misma finca en la que
se encuentra la captación, y con un volumen anual no mayor de 7000 m3.
— También puede tratarse de aprovechamientos de aguas pluviales que discurren por
una finca para ser utilizadas exclusivamente en la misma.
— Concesiones: el resto de casos.
E
l título concesional puede solicitarse mediante el formulario correspondiente que se
puede descargar de la página web de la Confederación Hidrográfica del Tajo:
h
ttp://www.chtajo.es/Servicios/Tramitaciones/Paginas/AprovechamientosAgua.aspx
Dado que, durante la tramitación necesaria para la concesión/inscripción, el proyecto
será sometido a la valoración de los técnicos de la Confederación Hidrográfica del Tajo
encargados de la gestión del dominio público hidráulico, se entiende que las actividades
previstas deberán ajustarse a los requerimientos que surjan durante la tramitación (y
que serán reflejados en el condicionado de dicha concesión/inscripción) y a los que queden recogidos en la declaración de impacto ambiental o informe de impacto ambiental
(según proceda).
U
na vez realizada la solicitud, antes de su otorgamiento por parte de este Organismo,
se valorará si los recursos existentes son compatibles con el Plan Hidrológico del Tajo en
función de la actividad que se pretende desarrollar y del caudal que se solicita. Por lo
tanto, será en ese momento en el cual la Confederación Hidrográfica del Tajo se pronuncie acerca de este extremo.
P
or último, se realizan las siguientes aclaraciones:
Lunes 30 de diciembre de 2024
67724
cuenta las consideraciones expuestas en este informe para evitar cualquier actuación
que pudiera afectar negativamente al dominio público hidráulico.
A
PROVECHAMIENTOS DE AGUA.
S
e indica que no consta en la información disponible en este Organismo que, por parte
de la promotora, se haya solicitado el necesario título concesional de aguas, por lo que
se indica que, para realizar el abastecimiento desde el sondeo objeto de este expediente,
es necesario solicitar a este Organismo el correspondiente título concesional mediante
una solicitud de aprovechamientos de aguas, que en función de las características del
aprovechamiento se diferencian en:
— Inscripciones en sección B:
— Son aprovechamientos de aguas subterráneas utilizadas en la misma finca en la que
se encuentra la captación, y con un volumen anual no mayor de 7000 m3.
— También puede tratarse de aprovechamientos de aguas pluviales que discurren por
una finca para ser utilizadas exclusivamente en la misma.
— Concesiones: el resto de casos.
E
l título concesional puede solicitarse mediante el formulario correspondiente que se
puede descargar de la página web de la Confederación Hidrográfica del Tajo:
h
ttp://www.chtajo.es/Servicios/Tramitaciones/Paginas/AprovechamientosAgua.aspx
Dado que, durante la tramitación necesaria para la concesión/inscripción, el proyecto
será sometido a la valoración de los técnicos de la Confederación Hidrográfica del Tajo
encargados de la gestión del dominio público hidráulico, se entiende que las actividades
previstas deberán ajustarse a los requerimientos que surjan durante la tramitación (y
que serán reflejados en el condicionado de dicha concesión/inscripción) y a los que queden recogidos en la declaración de impacto ambiental o informe de impacto ambiental
(según proceda).
U
na vez realizada la solicitud, antes de su otorgamiento por parte de este Organismo,
se valorará si los recursos existentes son compatibles con el Plan Hidrológico del Tajo en
función de la actividad que se pretende desarrollar y del caudal que se solicita. Por lo
tanto, será en ese momento en el cual la Confederación Hidrográfica del Tajo se pronuncie acerca de este extremo.
P
or último, se realizan las siguientes aclaraciones: