Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024064157)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de un sondeo para el aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Torrejón el Rubio (Cáceres), promovido por Julia Castellano Benito. Expte.: IA24/0919.
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NÚMERO 251
Lunes 30 de diciembre de 2024



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— Una vez finalizadas las obras, la zona deberá quedar limpia de cualquier producto
sobrante de las mismas.



— La Administración no responderá de cualquier afección que puedan sufrir las obras
por causa de crecidas, tanto ordinarias como extraordinarias.
En relación al posible empleo de combustibles, desde este Organismo se indica que
todos los depósitos de combustibles y redes de distribución de los mismos, ya sean enterrados o aéreos, deberán ir debidamente sellados y estancos para evitar igualmente
su infiltración a las aguas subterráneas. Estas instalaciones deben pasar periódicamente
sus pruebas de estanqueidad. Lo mismo se ha de aplicar para todas las instalaciones de
almacenamiento y distribución de otras sustancias susceptibles de contaminar el medio
hídrico.
Respecto al parque de maquinaria, a utilizar para la realización de las distintas unidades de obra, puede generar residuos líquidos peligrosos susceptibles de contaminación
de aguas subterráneas superficiales, como pueden ser aceites y otros compuestos. Se
recomienda una gestión adecuada de estos residuos que evite la contaminación de las
aguas.
Se recomienda también que en la fase de construcción la ubicación del parque de maquinaria, instalaciones auxiliares y acopio de materiales se realice previa creación de
solera impermeable en pendiente, con zanja de recogida para posibles vertidos de aceite de cambios, derrame de combustibles, grasas, etc. Estos derrames serán recogidos
en bidones para su posterior gestión correcta.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que un posible impacto sobre la hidrología puede
proceder de la remoción de los materiales durante las fases de construcción y su posterior arrastre pluvial, provocando un incremento del aporte de sólidos a los cauces, por
lo que se deben tomar medidas necesarias para evitarlo.
En lo que respecta al sondeo objeto del proyecto, por parte de este Organismo se remite a lo expuesto en el anexo III “Instrucciones básicas para la protección de las aguas
subterráneas frente a entrada de contaminantes” incluido en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, y su última
modificación aprobada por Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023.
Por último, cabe señalar lo siguiente en lo que respecta a las captaciones de agua (pozos, sondeos, tomas superficiales en cauces, embalses, lagos o lagunas, manantiales,
charcas, balsas, etc.) y de su infraestructura asociada (si existiese):