Ayuntamiento De Talarrubias. Personal Laboral. (2024082180)
Anuncio de 20 de diciembre de 2024 de sobre contratación de personal laboral fijo para cubrir varias plazas incluidas en el proceso de estabilización de empleo temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre).
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NÚMERO 251
Lunes 30 de diciembre de 2024

67985

AYUNTAMIENTO DE TALARRUBIAS
ANUNCIO de 20 de diciembre de 2024 de sobre contratación de personal
laboral fijo para cubrir varias plazas incluidas en el proceso de estabilización
de empleo temporal (Ley 20/2021, de 28 de diciembre). (2024082180)
Una vez concluido el proceso de selección mediante el sistema de concurso libre de méritos,
dentro de los procesos de estabilización para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 2
y en la disposición adicional 6.ª de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público, cuyas bases fueron publicadas
en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 27 de diciembre de 2022 (corrección de errores
publicada en BOP de18-09-2024) y la convocatoria en el BOE de 17 de junio de 2024, previa
publicación de extracto de la misma en el “Diario Oficial de Extremadura” número 103, de 29
de mayo de 2024, mediante resolución de alcaldía de fecha 19 de diciembre de 2024 se ha
acordado proceder a la contratación como personal laboral fijo de este Ayuntamiento a las
personas que figuran en el anexo al presente anuncio.
Lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 87 en relación con el artículo 3 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura.
Así mismo, contra dicha resolución, acto que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo ante el órgano que lo dictó en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien presentar
directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción
de dicha notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél
sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio, y todo ello sin
perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimarse más conveniente al derecho del interesado o interesados.
Talarrubias, 20 de diciembre de 2024. El Secretario Interventor, FRANCISCO JESÚS ROZANO
ALBA.