Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Oferta De Empleo Público. Universidad. (2024064086)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Consejera, relativa a la autorización de las correspondientes convocatorias de plazas derivadas de la Oferta de Empleo Público de la Universidad de Extremadura correspondiente al año 2024.
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NÚMERO 250

67525

Viernes 27 de diciembre de 2024

2. L
 a tasa de reposición se fijará hasta un máximo del 120 por ciento para las plazas de personal técnico, de gestión y de administración y servicios de las Universidades, regulados
en el artículo 89 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo del Sistema Universitario,
siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen
las correspondientes convocatorias.
3. La validez de la tasa autorizada estará condicionada, de acuerdo con el artículo 70 del
EBEP:
a) A que las plazas se incluyan en una Oferta de Empleo Público que deberá ser aprobada
por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y publicarse en el Boletín
Oficial de la Provincia, de la Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, antes de
la finalización de cada año.
b) A que la convocatoria de las plazas se publique en el Diario oficial de la Provincia, Comunidad Autónoma o, en su caso, del Estado, debiendo asegurar su ejecución en el pazo
improrrogable de tres años.
Las plazas no cubiertas durante la ejecución de una convocatoria podrán convocarse nuevamente siempre que no hayan transcurrido más de tres años desde la publicación de la Oferta
de Empleo Público que las hubiera autorizado. La nueva convocatoria deberá identificar las
plazas que proceden de convocatorias anteriores y la oferta a la que corresponden. Esta
previsión será aplicable a las convocatorias de procesos selectivos derivadas de Ofertas de
ejercicios anteriores a 2024, incluidas las que ya hayan sido publicadas.
Notifíquese la presente resolución a la interesada, haciéndole saber que pone fin a la vía
administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114.c) de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
103.1.a) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que contra la misma podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación de ésta
(artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 octubre), o directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su notificación,
según lo dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro
que estimen procedente.
Mérida, 16 de diciembre de 2024.
La Consejera,
MARÍA MERCEDES VAQUERA
MOSQUERO