Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050228)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo de Titulados Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024

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1. Finalizada la fase de oposición, el Tribunal de Selección hará pública la relación de personas aspirantes que hubieran superado la misma, clasificada por turnos y con expresión de
la puntuación obtenida, en todas las Oficinas de Asistencia General a la Ciudadanía de la
Junta de Extremadura, y, además, se enviará en soporte informático a la Dirección General
de Función Pública. Simultáneamente, cada Tribunal de Selección anunciará la apertura del
plazo de 10 días hábiles para la presentación de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen para la fase de concurso, según se dispone en la Base Sexta.
Finalizado el referido plazo, la Dirección General de Función Pública remitirá al Tribunal de
Selección, los documentos justificativos de los méritos a valorar, tanto si han sido aportados por las personas aspirantes como si han sido expedidos de oficio por la Dirección
General de Función Pública u órgano competente de los Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. Una vez resuelta la fase de concurso, el Tribunal de Selección hará pública la puntuación
provisional obtenida por las personas aspirantes, las cuales dispondrán de un plazo de 5
días hábiles para efectuar reclamaciones ante el mismo.
Además, también hará público el listado de personas aspirantes que deben proceder a la
subsanación de méritos, por no haberlos acreditado en los términos previstos en la presente Orden, siempre que el mérito se haya presentado dentro del plazo de presentación
de solicitudes y afecte a aspectos formales y no sustantivos, con objeto de que, en el plazo
anteriormente citado, proceda a aportar la documentación requerida. En caso de no subsanarlo en el plazo indicado, el mérito en cuestión no será valorado.
Una vez que el Tribunal de Selección haya resuelto las reclamaciones presentadas y las
subsanaciones realizadas aprobará la puntuación definitiva obtenida por las personas aspirantes en la fase de concurso, concretando las reclamaciones estimadas y desestimadas
total o parcialmente. En el caso de estas últimas, además, explicará de forma sucinta los
motivos para ello.
Las puntuaciones provisionales y definitivas se harán públicas por el mismo procedimiento
dispuesto para la fase de oposición.
3. Con la puntuación así obtenida, el Tribunal de Selección emitirá la relación de personas
aprobadas por orden de puntuación total, para lo cual sumará la calificación obtenida por
cada una de las personas aspirantes en la fase de oposición y en la fase de concurso, no
pudiendo rebasar estas el número de plazas convocadas, de tal modo que resultarán seleccionadas aquellas personas aspirantes que mayor puntuación hayan obtenido hasta el
límite de las plazas convocadas.