Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050216)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024
67214
6. Q
uienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as quedando
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos.
1. F
inalizado el plazo indicado en la Base Novena, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura resolución de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, mediante el cual se concretarán los puestos que se ofertan por cada especialidad,
con expresión de su ubicación y características de conformidad con la relación de puestos
de trabajo vigente.
En dicha resolución se regulará el procedimiento para la presentación de solicitudes para la
adjudicación de puesto, las cuales se podrán presentar en el plazo de 5 días hábiles desde
el día siguiente a la publicación de dicha resolución en uno de los registros oficiales que se
indican a la Base 3, así como de forma telemática, de conformidad con las instrucciones
que se indiquen.
En la Resolución se establecerá la forma en que las personas aspirantes que soliciten
puestos que supongan contacto habitual con menores deberán acreditar no haber sido
condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
2. La adjudicación de puestos se realizará por el orden de la puntuación obtenida por la persona seleccionada y el orden de puestos que este haya indicado en su solicitud, siempre
que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de
trabajo.
3. A aquellas personas aspirantes que no presenten solicitud para la adjudicación de puestos
en plazo o haciéndolo, el número de puestos incluidos en la misma impida que se le adjudique uno de los puestos, se les adjudicará de oficio alguno de los puestos de trabajo que
no resulten adjudicados al resto de aspirantes.
Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir los puestos de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno de discapacidad, siempre que lo
hayan solicitado por motivos de dependencia personal o gran dificultad de desplazamiento, que impida la incorporación, que lo hayan acreditado debidamente y que el órgano
convocante así lo decida, conforme a lo previsto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio,
por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad.
Viernes 27 de diciembre de 2024
67214
6. Q
uienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as quedando
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos.
1. F
inalizado el plazo indicado en la Base Novena, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura resolución de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, mediante el cual se concretarán los puestos que se ofertan por cada especialidad,
con expresión de su ubicación y características de conformidad con la relación de puestos
de trabajo vigente.
En dicha resolución se regulará el procedimiento para la presentación de solicitudes para la
adjudicación de puesto, las cuales se podrán presentar en el plazo de 5 días hábiles desde
el día siguiente a la publicación de dicha resolución en uno de los registros oficiales que se
indican a la Base 3, así como de forma telemática, de conformidad con las instrucciones
que se indiquen.
En la Resolución se establecerá la forma en que las personas aspirantes que soliciten
puestos que supongan contacto habitual con menores deberán acreditar no haber sido
condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
2. La adjudicación de puestos se realizará por el orden de la puntuación obtenida por la persona seleccionada y el orden de puestos que este haya indicado en su solicitud, siempre
que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de
trabajo.
3. A aquellas personas aspirantes que no presenten solicitud para la adjudicación de puestos
en plazo o haciéndolo, el número de puestos incluidos en la misma impida que se le adjudique uno de los puestos, se les adjudicará de oficio alguno de los puestos de trabajo que
no resulten adjudicados al resto de aspirantes.
Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir los puestos de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno de discapacidad, siempre que lo
hayan solicitado por motivos de dependencia personal o gran dificultad de desplazamiento, que impida la incorporación, que lo hayan acreditado debidamente y que el órgano
convocante así lo decida, conforme a lo previsto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio,
por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad.