Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050216)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Subalterno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024

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Las personas interesadas podrán presentar las reclamaciones que estimen procedentes con
objeto de impugnar las preguntas formuladas por el Tribunal de Selección, dentro de los 5
días hábiles siguientes a la celebración del ejercicio.
Dichas reclamaciones o alegaciones se entenderán resueltas con la decisión que se derive
de la publicación definitiva de la plantilla correctora.
Para la valoración de este ejercicio teórico-práctico se aplicarán los siguientes criterios de
corrección:
1º Cada 4 preguntas contestadas erróneamente se restará una pregunta contestada correctamente.
2º Las preguntas en blanco no tendrán ninguna valoración.
La puntuación mínima para superar este ejercicio se obtendrá, una vez aplicados los criterios anteriormente citados, cuando la persona aspirante haya contestado correctamente el
50 por ciento de las preguntas de las que se compone el cuestionario.
Los Tribunales de Selección adoptarán las medidas oportunas para garantizar que el ejercicio de la fase de oposición sea corregido sin que se conozca la identidad de las personas
aspirantes.
Una vez finalizada la corrección del ejercicio, se publicará por el Tribunal de Selección la
relación de las personas aspirantes que han superado el mismo, las cuales dispondrán de
un plazo de 5 días hábiles para efectuar reclamaciones ante dicho Tribunal.
3. F
 ase de concurso.
3.1. Méritos valorables.
La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal de Selección de los servicios efectivos prestados para cualquier Administración Pública como personal laboral fijo,
personal laboral temporal, personal funcionario de carrera, personal estatutario, personal
funcionario interino, cuando el Cuerpo, Escala, Categoría Profesional y Especialidad, en su
caso, donde se hayan prestado los servicios sea similar al Cuerpo y Especialidad a la que
se opta, y siempre que se trate del mismo Subgrupo.
La valoración de dichos méritos o niveles de experiencia no supondrá más de un 40% de
la puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo. Con el fin de asegurar la debida
idoneidad de las personas aspirantes, estas deberán superar en la fase de oposición la
puntuación mínima establecida en la prueba selectiva.