Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050211)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo, Especialidad Agentes del Medio Natural, de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024
67139
de las tareas propias de la Especialidad, la persona aspirante no podrá ser nombrado/a
funcionario/a, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a él/ella se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
3. A
nte la imposibilidad, debidamente justificada de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
4. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario/a de carrera o de personal laboral
fijo al servicio de cualquier Administración Pública estarán exentos/as de aportar la documentación a que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la presente Base,
debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la Administración Pública de
la que dependan, acreditando su condición, situación administrativa y demás circunstancias que consten en su expediente personal. En todo caso, si en la certificación expedida no
figura la titulación académica requerida para participar en las pruebas por no constar en el
expediente personal del funcionario/a o personal laboral, éste/a acreditará el cumplimiento
de este requisito conforme a lo dispuesto en el apartado 1.b) de la presente base.
5. Q
uienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as quedando
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos.
1. F
inalizado el plazo indicado en la Base Novena, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura resolución de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, mediante el cual se concretarán los puestos que se ofertan por cada especialidad,
con expresión de su ubicación y características de conformidad con la relación de puestos
de trabajo vigente.
En dicha resolución se regulará el procedimiento para la presentación de solicitudes para la
adjudicación de puesto, las cuales se podrán presentar en el plazo de 5 días hábiles desde
el día siguiente a la publicación de dicha resolución en uno de los registros oficiales que se
indican a la Base 3, así como de forma telemática, de conformidad con las instrucciones
que se indiquen.
En la Resolución se establecerá la forma en que las personas aspirantes que soliciten puestos que supongan contacto habitual con menores deberán acreditar no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
Viernes 27 de diciembre de 2024
67139
de las tareas propias de la Especialidad, la persona aspirante no podrá ser nombrado/a
funcionario/a, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a él/ella se refiere.
El informe médico será confidencial, respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.
3. A
nte la imposibilidad, debidamente justificada de presentar los documentos expresados
anteriormente, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria
mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.
4. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario/a de carrera o de personal laboral
fijo al servicio de cualquier Administración Pública estarán exentos/as de aportar la documentación a que se refieren las letras a), b), c) y d) del apartado 1 de la presente Base,
debiendo presentar únicamente certificación del Organismo de la Administración Pública de
la que dependan, acreditando su condición, situación administrativa y demás circunstancias que consten en su expediente personal. En todo caso, si en la certificación expedida no
figura la titulación académica requerida para participar en las pruebas por no constar en el
expediente personal del funcionario/a o personal laboral, éste/a acreditará el cumplimiento
de este requisito conforme a lo dispuesto en el apartado 1.b) de la presente base.
5. Q
uienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos
señalados en la Base Segunda, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as quedando
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.
Décima. Adjudicación de puestos.
1. F
inalizado el plazo indicado en la Base Novena, se publicará en el Diario Oficial de Extremadura resolución de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración
Pública, mediante el cual se concretarán los puestos que se ofertan por cada especialidad,
con expresión de su ubicación y características de conformidad con la relación de puestos
de trabajo vigente.
En dicha resolución se regulará el procedimiento para la presentación de solicitudes para la
adjudicación de puesto, las cuales se podrán presentar en el plazo de 5 días hábiles desde
el día siguiente a la publicación de dicha resolución en uno de los registros oficiales que se
indican a la Base 3, así como de forma telemática, de conformidad con las instrucciones
que se indiquen.
En la Resolución se establecerá la forma en que las personas aspirantes que soliciten puestos que supongan contacto habitual con menores deberán acreditar no haber sido condenadas por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.