Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050225)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes de personal funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por promoción interna.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024
66905
2. La adjudicación de puestos se realizará por el orden de la puntuación obtenida por la persona seleccionada y el orden de puestos que este haya indicado en su solicitud, siempre
que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de
trabajo.
3. A aquellas personas aspirantes que no presenten solicitud para la adjudicación de puestos
en plazo o haciéndolo, el número de puestos incluidos en la misma impida que se le adjudique uno de los puestos, se les adjudicará de oficio alguno de los puestos de trabajo que
no resulten adjudicados al resto de aspirantes.
Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir los puestos de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno de discapacidad, siempre que lo
hayan solicitado por motivos de dependencia personal o gran dificultad de desplazamiento, que impida la incorporación, que lo hayan acreditado debidamente y que el órgano
convocante así lo decida, conforme a lo previsto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio,
por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad.
Undécima. Nombramiento de funcionarios de carrera.
1. Por orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública se
publicarán en el Diario Oficial de Extremadura el nombramiento como funcionarios/as de
carrera del Cuerpo Administrativo, a las personas aspirantes con expresión del destino adjudicado, conforme a lo establecido en la base anterior.
2. D
icho destino tendrá carácter definitivo y a todos los efectos será equivalente al obtenido
por concurso. La citada resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
3. Con objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna de
ellas desierta, si alguna de las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo no
tomara posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables a la misma,
la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sin necesidad de
una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución independiente, nombrará
como funcionarios/as de carrera y adjudicará las plazas correspondientes a las personas
aspirantes que, sin figurar en la relación definitiva de personas aprobadas, hubieran superado la prueba selectiva, por el orden de puntuación total alcanzada. En caso de empate se
aplicará el orden alfabético comenzando por la letra que determinó el orden de actuación
de las personas aspirantes en el sorteo anteriormente establecido.
Viernes 27 de diciembre de 2024
66905
2. La adjudicación de puestos se realizará por el orden de la puntuación obtenida por la persona seleccionada y el orden de puestos que este haya indicado en su solicitud, siempre
que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de puestos de
trabajo.
3. A aquellas personas aspirantes que no presenten solicitud para la adjudicación de puestos
en plazo o haciéndolo, el número de puestos incluidos en la misma impida que se le adjudique uno de los puestos, se les adjudicará de oficio alguno de los puestos de trabajo que
no resulten adjudicados al resto de aspirantes.
Todo ello, sin perjuicio de la preferencia para cubrir los puestos de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por el turno de discapacidad, siempre que lo
hayan solicitado por motivos de dependencia personal o gran dificultad de desplazamiento, que impida la incorporación, que lo hayan acreditado debidamente y que el órgano
convocante así lo decida, conforme a lo previsto en el Decreto 111/2017, de 18 de julio,
por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público de la
Comunidad Autónoma de Extremadura y medidas favorecedoras de la integración de los
empleados públicos con discapacidad.
Undécima. Nombramiento de funcionarios de carrera.
1. Por orden de la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública se
publicarán en el Diario Oficial de Extremadura el nombramiento como funcionarios/as de
carrera del Cuerpo Administrativo, a las personas aspirantes con expresión del destino adjudicado, conforme a lo establecido en la base anterior.
2. D
icho destino tendrá carácter definitivo y a todos los efectos será equivalente al obtenido
por concurso. La citada resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las
normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.
3. Con objeto de que el total de las plazas convocadas sean cubiertas y no quede ninguna de
ellas desierta, si alguna de las personas aspirantes aprobadas en el proceso selectivo no
tomara posesión del destino adjudicado por renuncia u otras causas imputables a la misma,
la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, sin necesidad de
una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución independiente, nombrará
como funcionarios/as de carrera y adjudicará las plazas correspondientes a las personas
aspirantes que, sin figurar en la relación definitiva de personas aprobadas, hubieran superado la prueba selectiva, por el orden de puntuación total alcanzada. En caso de empate se
aplicará el orden alfabético comenzando por la letra que determinó el orden de actuación
de las personas aspirantes en el sorteo anteriormente establecido.