Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050219)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo IV de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024

67350

según se indica en el apartado anterior. Una vez cumplimentada, deberán imprimir,
firmar el documento de solicitud obtenido, no debiéndose añadir datos a mano en
la solicitud impresa, ya que los mismos no serán tenidos en cuenta, y presentarla
en cualquiera de las Oficinas de asistencia en materia de registro indicados a continuación:


— En cualquiera de las oficinas incluidas en el Anexo a la Resolución de la Consejera
de Hacienda y Administración Pública por la que se hace pública la relación de
las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.



— Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.



En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos,
se realizará en sobre abierto, para que dicha solicitud sea fechada y sellada por el
personal funcionario de Correos, antes de ser certificada. De no hacerse de esta
manera, se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.



En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación
requerida en el procedimiento, como el justificante del pago de la tasa, la declaración responsable o certificado del cumplimiento del requisito de discapacidad, en
su caso, y/o el Anexo III debidamente cumplimentado en el caso de aspirantes que
sean familiares de nacionales de la Unión Europea.

2. Finalizado el citado plazo de presentación, los datos consignados en la solicitud serán vinculantes para el peticionario, siendo considerados como los únicos válidos a efectos de las
notificaciones que en su caso hubieran de practicarse y siendo responsabilidad exclusiva
del aspirante los errores en su consignación.
De conformidad con el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el supuesto de que el funcionamiento ordinario del sistema o de la aplicación telemática quede imposibilitado por una incidencia técnica y hasta que se solucione el problema, la administración podrá determinar
una ampliación de los plazos no vencidos debiendo publicar en la sede electrónica tanto la
incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.
3. Las personas aspirantes que concurran por el turno de reserva para personas con discapacidad deberán indicarlo en la solicitud, así como el grado de discapacidad por el que están