Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050224)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo IV, Categoría Bombero/a Forestal Conductor/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024
67387
3. Asimismo, para poder participar en este proceso selectivo, las personas aspirantes no deberán hallarse en alguno de los supuestos que se recogen en el artículo 35 bis) de la Ley
1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercera. Solicitudes.
1. P
lazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día
16 de enero de 2025.
2. P
rocedimiento para la presentación de la solicitud.
Las personas interesadas en participar en el presente proceso selectivo podrán cumplimentar su solicitud por alguna de las siguientes vías:
a) Mediante la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
Por esta vía se procederá a la cumplimentación de la solicitud y al pago de la tasa, siguiendo las instrucciones que se establecen en el Anexo I, a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI
electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física o bien mediante el sistema de
validación mediante clave móvil.
No deberá entregarse por ninguna vía en ningún caso, solicitud en papel, siendo exclusivamente válida la gestionada telemáticamente y en soporte digital a través de la
herramienta web indicada anteriormente.
Deberá aportarse escaneada junto con la solicitud, a través de la Sede Electrónica de
la Junta de Extremadura, y siguiendo las instrucciones que en el mismo se establezcan,
la documentación acreditativa de la discapacidad, de estar exento del pago de la tasa o
tener derecho a la bonificación del 50 % y/o el Anexo III debidamente cumplimentado
en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea, así
como cualquier otra documentación exigida en estas bases.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en la medida de
lo posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la
cumplimentación de las solicitudes.
Viernes 27 de diciembre de 2024
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3. Asimismo, para poder participar en este proceso selectivo, las personas aspirantes no deberán hallarse en alguno de los supuestos que se recogen en el artículo 35 bis) de la Ley
1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercera. Solicitudes.
1. P
lazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día
16 de enero de 2025.
2. P
rocedimiento para la presentación de la solicitud.
Las personas interesadas en participar en el presente proceso selectivo podrán cumplimentar su solicitud por alguna de las siguientes vías:
a) Mediante la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
Por esta vía se procederá a la cumplimentación de la solicitud y al pago de la tasa, siguiendo las instrucciones que se establecen en el Anexo I, a través de la Sede Electrónica de la Junta de Extremadura.
Para validar y securizar el acceso de las personas aspirantes se requerirá el uso del DNI
electrónico o Certificado digital FNMT de Persona física o bien mediante el sistema de
validación mediante clave móvil.
No deberá entregarse por ninguna vía en ningún caso, solicitud en papel, siendo exclusivamente válida la gestionada telemáticamente y en soporte digital a través de la
herramienta web indicada anteriormente.
Deberá aportarse escaneada junto con la solicitud, a través de la Sede Electrónica de
la Junta de Extremadura, y siguiendo las instrucciones que en el mismo se establezcan,
la documentación acreditativa de la discapacidad, de estar exento del pago de la tasa o
tener derecho a la bonificación del 50 % y/o el Anexo III debidamente cumplimentado
en el caso de aspirantes que sean familiares de nacionales de la Unión Europea, así
como cualquier otra documentación exigida en estas bases.
Las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Junta de Extremadura, en la medida de
lo posible, facilitarán a las personas aspirantes el acceso a medios telemáticos para la
cumplimentación de las solicitudes.