Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050217)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas vacantes del Grupo II de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024

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de una nueva propuesta del Tribunal de Selección, o de resolución independiente, adjudicará las plazas correspondientes a las personas aspirantes que, sin figurar en la relación
definitiva de personas aprobadas, hubieran superado la prueba selectiva, por el orden de
puntuación total alcanzada. En caso de empate se aplicará el orden alfabético comenzando
por la letra que determinó el orden de actuación de las personas aspirantes en el sorteo
anteriormente establecido.
Undécima. Formalización del contrato.
Finalizado el proceso de adjudicación de puestos, por la persona titular de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública, se formalizarán los correspondientes contratos de trabajo
como personal laboral fijo, ordenándose su inscripción en el Registro General de Personal.
Duodécima. Listas de espera.
Para la constitución de listas de espera con las personas aspirantes que no superen el proceso
de selección, cuyo procedimiento se regula en el título III del Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
aprobado por Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, sólo se considerará la puntuación obtenida en la fase de oposición, formando parte de la lista de espera aquellas personas aspirantes
que sin haber superado el proceso de selección, hayan aprobado el ejercicio de la fase de
oposición.
En aplicación del artículo 30.4 del citado Reglamento General de Ingreso, si durante el desarrollo del proceso de selección, existiera la urgente necesidad de cubrir vacantes en el Cuerpo
convocado y se hubieran agotado las listas de espera existentes en las mismas, se constituirán listas de espera transitorias con las personas aspirantes que hubieran superado el primer
ejercicio de la oposición, sin perjuicio de la continuidad del proceso selectivo.
La lista de espera constituida sustituirá a cualquier lista de espera anterior del mismo Cuerpo,
tendrá carácter provisional y serán sustituidas por las nuevas listas de espera que se constituyan una vez finalizado el proceso selectivo en curso al amparo de lo dispuesto en el artículo
29 del Decreto 201/1995 citado anteriormente.
Decimotercera. Norma final.
Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán
interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la titular de la Consejería de
Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al
de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supe-