Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. (2024050221)
Orden de 23 de diciembre de 2024 por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso de personas con discapacidad intelectual a plazas vacantes del Grupo V, Categoría Camarero/a-Limpiador/a, de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 250
Viernes 27 de diciembre de 2024
67458
a) Tener una discapacidad intelectual con un grado reconocido de discapacidad igual o
superior al 33 %.
b) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
Asimismo, podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre
que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de
dicha edad dependientes.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Certificado Oficial de Estudios Obligatorios o Certificado de Estudios cursados de ESO o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite
su homologación.
A efectos laborales se considerarán equivalentes a las titulaciones anteriores las certificaciones o acreditaciones emitidas por los centros de Educación Especial.
e) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de los puestos del Grupo,
Categoría/Especialidad al que se aspira acceder.
f) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio
de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido/a disciplinariamente de conformidad
con lo previsto en el artículo 96.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación
equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Viernes 27 de diciembre de 2024
67458
a) Tener una discapacidad intelectual con un grado reconocido de discapacidad igual o
superior al 33 %.
b) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
Asimismo, podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre
que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de
dicha edad dependientes.
c) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Certificado Oficial de Estudios Obligatorios o Certificado de Estudios cursados de ESO o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite
su homologación.
A efectos laborales se considerarán equivalentes a las titulaciones anteriores las certificaciones o acreditaciones emitidas por los centros de Educación Especial.
e) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de los puestos del Grupo,
Categoría/Especialidad al que se aspira acceder.
f) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de
las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio
de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido/a disciplinariamente de conformidad
con lo previsto en el artículo 96.1 b) del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación
equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en
su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.