Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024064016)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024

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jurídica beneficiaria de la misma, quedando supeditada la concesión a la veracidad de los
datos facilitados por la interesada. Contra la resolución que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital, en el plazo de un mes a partir del día siguiente
a aquel en que fue notificada.
6. Las subvenciones concedidas serán objeto de publicidad a través de su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, con expresión del programa de ayudas, el crédito presupuestario al que
se imputan, personas beneficiarias, cantidad concedida y finalidad de la subvención, y de
existir financiación con cargo a los Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se deriven de la normativa comunitaria que le sea de aplicación, todo
ello en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Asimismo, serán objeto
de publicidad en el Portal Electrónico de la Transparencia de la Junta de Extremadura, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones conforme
a lo establecido en el artículo 20.8 b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Octavo. Financiación.
1. 
El importe total de la convocatoria asciende a la cuantía de 500.000,00 euros, con
cargo al ejercicio 2025 y que será financiada con cargo a la aplicación presupuestaria
140130000/G/242A/47000/CAG0000001/20150092, con el siguiente desglose por programas:
a) Programas I, II y III: (CONVO/2024/0000008906): 475.000 euros.
b) Programa IV: (CONVO/2024/0000008907): 25.000 euros.
2. De conformidad con en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las cuantías previstas en el apartado anterior
para el periodo de vigencia de la convocatoria podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.
De producirse el agotamiento del crédito presupuestario y no procederse a efectuar las modificaciones de crédito correspondientes o no existir nuevas disponibilidades presupuestarias, se declarará terminado el periodo de vigencia de la convocatoria mediante resolución
de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital,
que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.