Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024064016)
Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones para el fomento del empleo de las personas en situación de exclusión social a través de empresas de inserción de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al ejercicio 2025.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
66318
Undécimo. Documentación.
La documentación a presentar será la siguiente:
1. Las personas solicitantes de la subvención del Programa I, deberán presentar, en el primer
mes de solicitud, además de la relacionada en el apartado 2 de este apartado undécimo,
lo referido a continuación:
a) Copia del DNI, para el caso de que el solicitante sea una persona física o se trate del
representante legal de una persona jurídica y se oponga a que el órgano gestor consulte
de oficio sus datos identificativos, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de
la solicitud. Si la persona solicitante es persona jurídica, copia del NIF de la entidad, en
el caso de que se oponga a su consulta de oficio marcando la casilla mencionada.
b) En caso de sociedad o entidad jurídica deberá presentarse, además, copia del documento que acredite el poder de representación ante la Administración o nota simple del
Registro Mercantil, si la misma se opone a su obtención de oficio por parte del órgano
gestor. Si se indica el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo I de solicitud, la
comprobación se realizará por el órgano instructor.
c) Copia de la comunicación del contrato/s o sus prórrogas al correspondiente Servicio Público de Empleo de las personas trabajadoras por los que se solicita subvención, siempre
que la entidad se oponga a la consulta de oficio de la misma por Servicio Extremeño
Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la solicitud.
d) Anexo IV debidamente cumplimentado con la relación de los datos de las personas trabajadoras contratadas por las que se solicita subvención.
e) Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida
laboral de cada persona trabajadora por el que se solicita la subvención. siempre que
la persona trabajadora se oponga a la consulta de oficio de la misma por el Servicio
Extremeño Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la
solicitud.
f) En el caso de que se produzcan bajas de personas trabajadoras indefinidas en los doce
meses anteriores a la fecha de inicio de la contratación objeto de subvención, la entidad
deberá aportar la siguiente documentación:
1º) Certificado de Empresa.
2º) Copia de la comunicación del despido de la persona trabajadora.
Jueves 26 de diciembre de 2024
66318
Undécimo. Documentación.
La documentación a presentar será la siguiente:
1. Las personas solicitantes de la subvención del Programa I, deberán presentar, en el primer
mes de solicitud, además de la relacionada en el apartado 2 de este apartado undécimo,
lo referido a continuación:
a) Copia del DNI, para el caso de que el solicitante sea una persona física o se trate del
representante legal de una persona jurídica y se oponga a que el órgano gestor consulte
de oficio sus datos identificativos, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de
la solicitud. Si la persona solicitante es persona jurídica, copia del NIF de la entidad, en
el caso de que se oponga a su consulta de oficio marcando la casilla mencionada.
b) En caso de sociedad o entidad jurídica deberá presentarse, además, copia del documento que acredite el poder de representación ante la Administración o nota simple del
Registro Mercantil, si la misma se opone a su obtención de oficio por parte del órgano
gestor. Si se indica el Código Seguro de Verificación (CSV) en el anexo I de solicitud, la
comprobación se realizará por el órgano instructor.
c) Copia de la comunicación del contrato/s o sus prórrogas al correspondiente Servicio Público de Empleo de las personas trabajadoras por los que se solicita subvención, siempre
que la entidad se oponga a la consulta de oficio de la misma por Servicio Extremeño
Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la solicitud.
d) Anexo IV debidamente cumplimentado con la relación de los datos de las personas trabajadoras contratadas por las que se solicita subvención.
e) Informe original, expedido por la Tesorería de la Seguridad Social, relativo a la vida
laboral de cada persona trabajadora por el que se solicita la subvención. siempre que
la persona trabajadora se oponga a la consulta de oficio de la misma por el Servicio
Extremeño Público de Empleo, marcando la casilla correspondiente en el anexo I de la
solicitud.
f) En el caso de que se produzcan bajas de personas trabajadoras indefinidas en los doce
meses anteriores a la fecha de inicio de la contratación objeto de subvención, la entidad
deberá aportar la siguiente documentación:
1º) Certificado de Empresa.
2º) Copia de la comunicación del despido de la persona trabajadora.