Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064140)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso de las personas con discapacidad intelectual a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Celador/a, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
26 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
66028
6.2.4. El ejercicio será calificado de 0 a 60 puntos, siendo necesario para superarlo alcanzar una puntuación mínima de 30 puntos, que se obtiene contestando correctamente al
menos el 50% de las preguntas válidas, una vez aplicadas las reglas anteriores.
6.2.5. En el primer día hábil siguiente a la celebración del ejercicio, se publicará el cuestionario de preguntas y la plantilla de respuestas en el portal de selección de Personal del
Servicio Extremeño de Salud.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a partir de dichas publicaciones,
para formular impugnaciones contra las preguntas formuladas o las respuestas dadas por
el Tribunal. Dichas impugnaciones deberán presentarse, en la forma que se determina en
el Anexo I de la presente resolución.
6.2.6. El Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan superado la fase de
oposición, con expresión de la puntuación obtenida. En este mismo acuerdo, el Tribunal
resolverá las impugnaciones presentadas por los aspirantes contra las preguntas formuladas o las respuestas dadas por el mismo. Esta publicación servirá de notificación a los
interesados.
Además, se requerirá a los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición para
que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación,
presenten el autobaremo de méritos que pretendan hacer valer en la fase de concurso.
6.3. Fase de concurso.
6.3.1. La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo
que se publica como Anexo III de estas bases, de los méritos que acrediten los aspirantes,
referidos al último día de presentación de instancias.
6.3.2. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán presentar el autobaremo de méritos, conforme a lo previsto en el Anexo I, en el plazo indicado en el apartado 6.2.6 de la presente convocatoria. Los aspirantes que no presenten el autobaremo de
méritos de conformidad con lo dispuesto serán calificados con cero puntos en la fase de
concurso.
Los servicios prestados en Centros o Instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de
Salud serán acreditados de oficio por la Dirección General de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I.
La autobaremación vinculará a los aspirantes. El Tribunal de Selección solo podrá valorar
los méritos autobaremados y acreditados.
Jueves 26 de diciembre de 2024
66028
6.2.4. El ejercicio será calificado de 0 a 60 puntos, siendo necesario para superarlo alcanzar una puntuación mínima de 30 puntos, que se obtiene contestando correctamente al
menos el 50% de las preguntas válidas, una vez aplicadas las reglas anteriores.
6.2.5. En el primer día hábil siguiente a la celebración del ejercicio, se publicará el cuestionario de preguntas y la plantilla de respuestas en el portal de selección de Personal del
Servicio Extremeño de Salud.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles a partir de dichas publicaciones,
para formular impugnaciones contra las preguntas formuladas o las respuestas dadas por
el Tribunal. Dichas impugnaciones deberán presentarse, en la forma que se determina en
el Anexo I de la presente resolución.
6.2.6. El Tribunal hará pública la relación de aspirantes que hayan superado la fase de
oposición, con expresión de la puntuación obtenida. En este mismo acuerdo, el Tribunal
resolverá las impugnaciones presentadas por los aspirantes contra las preguntas formuladas o las respuestas dadas por el mismo. Esta publicación servirá de notificación a los
interesados.
Además, se requerirá a los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición para
que, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación,
presenten el autobaremo de méritos que pretendan hacer valer en la fase de concurso.
6.3. Fase de concurso.
6.3.1. La fase de concurso consistirá en la valoración por el Tribunal, con arreglo al baremo
que se publica como Anexo III de estas bases, de los méritos que acrediten los aspirantes,
referidos al último día de presentación de instancias.
6.3.2. Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán presentar el autobaremo de méritos, conforme a lo previsto en el Anexo I, en el plazo indicado en el apartado 6.2.6 de la presente convocatoria. Los aspirantes que no presenten el autobaremo de
méritos de conformidad con lo dispuesto serán calificados con cero puntos en la fase de
concurso.
Los servicios prestados en Centros o Instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de
Salud serán acreditados de oficio por la Dirección General de Recursos Humanos, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I.
La autobaremación vinculará a los aspirantes. El Tribunal de Selección solo podrá valorar
los méritos autobaremados y acreditados.