Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064109)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Médico/a de Familia de Equipo de Atención Primaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024

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Los aspirantes que requieran adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejerci­
cio de la fase de oposición aportarán digitalizada la documentación acreditativa junto con la
solicitud, según se determina en el Anexo I.
El reconocimiento de una discapacidad con posterioridad a la terminación del plazo de presen­
tación de solicitudes, aun cuando se hiciese con efectos retroactivos, no conllevará en ningún
caso la admisión del/la aspirante por el turno de discapacidad.
3.4. La tasa por derechos de examen se fija en la cantidad de 38,52 euros por solicitud. En
caso de no estar exento, el abono de la tasa se efectuará de forma telemática en el mismo
acto de presentación electrónica de la solicitud de participación, según se determina en el
Anexo I.
3.5. El importe de la tasa se bonificará en un 50% para los aspirantes que se encuentren en
situación legal de desempleo durante, al menos, los tres meses inmediatamente anteriores a
la fecha de publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. Será requi­
sito para el disfrute de esta bonificación que, en el plazo citado, se encuentre sin ocupación
laboral efectiva en el sistema de la Seguridad Social.
La situación legal de desempleo se acreditará adjuntando a la solicitud, conforme a lo estable­
cido en el Anexo I, informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad
Social, que deberá ir acompañado de informe emitido por el servicio público de empleo que
corresponda.
En este caso, el importe que corresponde abonar es de 19,26 euros.
3.6. Están exentos del pago de esta tasa:
a) Los aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
b) Los aspirantes que tengan la condición de víctimas del terrorismo, cónyuges o parejas
de hecho, así como sus hijos.
c) Las personas que tengan la consideración de víctimas de violencia de género a que hace
referencia la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Inte­
gral contra la violencia de Género.
De la misma forma, la documentación acreditativa del grado de discapacidad, condición de
víctima de terrorismo y violencia de género deberá adjuntarse digitalmente a la solicitud,
conforme a los establecido en el Anexo I.
3.7. Los derechos de examen ingresados se les reintegrará a: