Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064108)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Grupo Auxiliar de Función Administrativa, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
64747
Extremeño de Salud por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos. En
esta resolución se indicará que las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos se
encuentran ubicadas en el portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud.
Las reclamaciones presentadas por los aspirantes para subsanar el defecto que haya motiva
do su exclusión u omisión en la relación provisional de admitidos y excluidos se entenderán
contestadas con la publicación de la resolución por la que se aprueban las listas definitivas de
admitidos y excluidos. Esta publicación servirá de notificación a los interesados.
El hecho de figurar en la relación definitiva de admitidos no supone que se reconozca a los
aspirantes el cumplimiento de los requisitos exigidos en este proceso selectivo.
En caso de que no existan aspirantes excluidos provisionalmente, se procederá a aprobar di
rectamente la relación definitiva de admitidos prescindiéndose en este caso de la publicación
de la relación provisional de admitidos y excluidos.
Quinta. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal de Selección encargado de valorar las pruebas selectivas será nombrado por la
Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud mediante Resolución que será publicada
en el Diario Oficial de Extremadura con suficiente antelación al comienzo de las pruebas, sién
doles de aplicación la regulación contemplada en los artículos 5 y 6 del Decreto 81/2021, de
7 de julio, por el que se regula el sistema de selección de personal estatutario y de provisión
de plazas básicas, singularizadas y de jefaturas de unidad del Organismo Autónomo, Servicio
Extremeño de Salud.
5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del presidente y del secretario
o de quienes, en su caso, los sustituyan, y de la mitad al menos de sus miembros.
5.3 A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su
sede en los Servicios Centrales del Servicio Extremeño de Salud.
5.4. El Tribunal actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica. No
obstante, en el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en
los manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por la Dirección General de Recursos
Humanos del Servicio Extremeño de Salud con el objeto de homogeneizar los criterios de ac
tuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
5.5. Las resoluciones o acuerdos de los tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio
de que ésta pueda proceder a su revisión de conformidad con los artículos 106 y siguientes
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Admi
nistraciones Públicas.
Jueves 26 de diciembre de 2024
64747
Extremeño de Salud por la que se aprueba la relación definitiva de admitidos y excluidos. En
esta resolución se indicará que las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos se
encuentran ubicadas en el portal de Selección de Personal del Servicio Extremeño de Salud.
Las reclamaciones presentadas por los aspirantes para subsanar el defecto que haya motiva
do su exclusión u omisión en la relación provisional de admitidos y excluidos se entenderán
contestadas con la publicación de la resolución por la que se aprueban las listas definitivas de
admitidos y excluidos. Esta publicación servirá de notificación a los interesados.
El hecho de figurar en la relación definitiva de admitidos no supone que se reconozca a los
aspirantes el cumplimiento de los requisitos exigidos en este proceso selectivo.
En caso de que no existan aspirantes excluidos provisionalmente, se procederá a aprobar di
rectamente la relación definitiva de admitidos prescindiéndose en este caso de la publicación
de la relación provisional de admitidos y excluidos.
Quinta. Tribunal de Selección.
5.1. El Tribunal de Selección encargado de valorar las pruebas selectivas será nombrado por la
Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud mediante Resolución que será publicada
en el Diario Oficial de Extremadura con suficiente antelación al comienzo de las pruebas, sién
doles de aplicación la regulación contemplada en los artículos 5 y 6 del Decreto 81/2021, de
7 de julio, por el que se regula el sistema de selección de personal estatutario y de provisión
de plazas básicas, singularizadas y de jefaturas de unidad del Organismo Autónomo, Servicio
Extremeño de Salud.
5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la presencia del presidente y del secretario
o de quienes, en su caso, los sustituyan, y de la mitad al menos de sus miembros.
5.3 A efectos de comunicaciones, reclamaciones y demás incidencias el Tribunal tendrá su
sede en los Servicios Centrales del Servicio Extremeño de Salud.
5.4. El Tribunal actuará con plena autonomía en el ejercicio de su discrecionalidad técnica. No
obstante, en el ejercicio de sus funciones observarán las prescripciones que se contengan en
los manuales de instrucciones que, en su caso, se dicten por la Dirección General de Recursos
Humanos del Servicio Extremeño de Salud con el objeto de homogeneizar los criterios de ac
tuación aplicables en los distintos procesos selectivos.
5.5. Las resoluciones o acuerdos de los tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio
de que ésta pueda proceder a su revisión de conformidad con los artículos 106 y siguientes
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Admi
nistraciones Públicas.