Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064108)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Grupo Auxiliar de Función Administrativa, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
64754
e) Declaración responsable de no hallarse en alguno de los supuestos que se recogen en
el artículo 35 bis) de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los
cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extre
madura.
f) Documentación acreditativa de poseer la capacidad funcional necesaria para el des
empeño de las funciones objeto de la convocatoria en la forma que se determine en la
resolución por la que se apruebe la relación definitiva de aprobados.
g) Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar
además de los documentos a que se refieren los apartados anteriores, certificación de
los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad.
h) Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán presentar,
además de la documentación relativa a los requisitos enumerados en los apartados c),
d), e) y f), los documentos que acrediten los requisitos establecidos en la base 2.2.
9.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos a
los que se refiere este apartado, se podrá acreditar que se reúnen los requisitos exigidos en
esta convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho, debiendo apor
tarse, en todo caso, en el plazo otorgado para ello.
9.3. En la resolución por la que se publica la relación definitiva de aprobados, podrá esta
blecerse un número adicional de aspirantes, que no podrá ser superior al 30% de las plazas
convocadas, que habrán de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los
requisitos exigidos en esta convocatoria.
9.4. Quienes, estando obligados a hacerlo según lo establecido en los apartados anteriores,
no presenten la documentación acreditativa, perderán, salvo caso de fuerza mayor, el derecho
a ser nombrados personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en su solicitud.
Décima. Elección y adjudicación de plaza.
10.1. Finalizado el plazo de presentación de documentos, se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño
de Salud disponiendo la relación de plazas que se ofertan, el orden de prelación de los aspi
rantes y el procedimiento electrónico por el que los aspirantes que han superado el proceso
selectivo y acreditado que reúnen los requisitos en la forma prevista en la base novena de la
Convocatoria, incluidos aquellos aspirantes que de acuerdo con la base 9.3 han sido obligados
adicionalmente a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos, puedan forma
Jueves 26 de diciembre de 2024
64754
e) Declaración responsable de no hallarse en alguno de los supuestos que se recogen en
el artículo 35 bis) de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los
cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extre
madura.
f) Documentación acreditativa de poseer la capacidad funcional necesaria para el des
empeño de las funciones objeto de la convocatoria en la forma que se determine en la
resolución por la que se apruebe la relación definitiva de aprobados.
g) Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar
además de los documentos a que se refieren los apartados anteriores, certificación de
los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad.
h) Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán presentar,
además de la documentación relativa a los requisitos enumerados en los apartados c),
d), e) y f), los documentos que acrediten los requisitos establecidos en la base 2.2.
9.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos a
los que se refiere este apartado, se podrá acreditar que se reúnen los requisitos exigidos en
esta convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho, debiendo apor
tarse, en todo caso, en el plazo otorgado para ello.
9.3. En la resolución por la que se publica la relación definitiva de aprobados, podrá esta
blecerse un número adicional de aspirantes, que no podrá ser superior al 30% de las plazas
convocadas, que habrán de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los
requisitos exigidos en esta convocatoria.
9.4. Quienes, estando obligados a hacerlo según lo establecido en los apartados anteriores,
no presenten la documentación acreditativa, perderán, salvo caso de fuerza mayor, el derecho
a ser nombrados personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en su solicitud.
Décima. Elección y adjudicación de plaza.
10.1. Finalizado el plazo de presentación de documentos, se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño
de Salud disponiendo la relación de plazas que se ofertan, el orden de prelación de los aspi
rantes y el procedimiento electrónico por el que los aspirantes que han superado el proceso
selectivo y acreditado que reúnen los requisitos en la forma prevista en la base novena de la
Convocatoria, incluidos aquellos aspirantes que de acuerdo con la base 9.3 han sido obligados
adicionalmente a presentar la documentación acreditativa de tales requisitos, puedan forma