Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064116)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Farmacéutico/a Equipo de Atención Primaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
65221
h) A los efectos de determinar las equivalencias de las categorías y especialidades estatu
tarias, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, se estará a lo dispuesto en el Anexo
del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homo
géneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los
servicios de salud y el procedimiento de actualización.
i) Se valorarán conforme a lo dispuesto en el subapartado 6 los servicios prestados en
centros autorizados e inscritos como centros, servicios y establecimientos sanitarios
privados en el Registro general de centros, servicios y establecimientos sanitarios del Mi
nisterio de Sanidad (REGCESS), sin perjuicio de que el carácter sanitario del centro, en
caso de no estar inscrito, resulte acreditado por cualquier otro medio válido en derecho.
Para la acreditación de servicios prestados se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Los servicios prestados en el Servicio Extremeño de Salud serán aportados de oficio,
pudiendo consultarse a través del Portal de Selección, en el perfil del candidato, de con
formidad con lo dispuesto en el Anexo I.
b) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias de otros Servicios de Sa
lud, en otras Administraciones Públicas, incluida la Administración de la Comunidad Au
tónoma de Extremadura o en entidades, organismos y fundaciones sanitarias adscritas
a las Administraciones Públicas, se acreditarán por el propio aspirante, mediante certi
ficación expedida por el órgano competente de la Administración, entidad, organismo o
fundación donde se hayan prestado los mismos.
c) Los certificados de servicios prestados anteriormente señalados deberán contener la
categoría y/o especialidad, el porcentaje de jornada y en su caso motivo de la reducción
de la jornada de los periodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
d) La participación en misiones de cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria en el
ámbito de la Salud, se acreditará mediante copia auténtica expedida por el organismo
competente.
e) Los servicios prestados en el ámbito privado con alta y cotización en la seguridad social
por cuenta ajena se acreditarán por el propio aspirante mediante informe de vida labo
ral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social al que deberá acompañar,
además, contrato de trabajo u otro documento que acredite la categoría y, en su caso,
especialidad, porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados (inicio y fin).
Jueves 26 de diciembre de 2024
65221
h) A los efectos de determinar las equivalencias de las categorías y especialidades estatu
tarias, en el ámbito del Sistema Nacional de Salud, se estará a lo dispuesto en el Anexo
del Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el catálogo homo
géneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los
servicios de salud y el procedimiento de actualización.
i) Se valorarán conforme a lo dispuesto en el subapartado 6 los servicios prestados en
centros autorizados e inscritos como centros, servicios y establecimientos sanitarios
privados en el Registro general de centros, servicios y establecimientos sanitarios del Mi
nisterio de Sanidad (REGCESS), sin perjuicio de que el carácter sanitario del centro, en
caso de no estar inscrito, resulte acreditado por cualquier otro medio válido en derecho.
Para la acreditación de servicios prestados se tendrán en cuenta las siguientes reglas:
a) Los servicios prestados en el Servicio Extremeño de Salud serán aportados de oficio,
pudiendo consultarse a través del Portal de Selección, en el perfil del candidato, de con
formidad con lo dispuesto en el Anexo I.
b) Los servicios prestados en Centros o Instituciones Sanitarias de otros Servicios de Sa
lud, en otras Administraciones Públicas, incluida la Administración de la Comunidad Au
tónoma de Extremadura o en entidades, organismos y fundaciones sanitarias adscritas
a las Administraciones Públicas, se acreditarán por el propio aspirante, mediante certi
ficación expedida por el órgano competente de la Administración, entidad, organismo o
fundación donde se hayan prestado los mismos.
c) Los certificados de servicios prestados anteriormente señalados deberán contener la
categoría y/o especialidad, el porcentaje de jornada y en su caso motivo de la reducción
de la jornada de los periodos de tiempo trabajados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
d) La participación en misiones de cooperación al desarrollo o ayuda humanitaria en el
ámbito de la Salud, se acreditará mediante copia auténtica expedida por el organismo
competente.
e) Los servicios prestados en el ámbito privado con alta y cotización en la seguridad social
por cuenta ajena se acreditarán por el propio aspirante mediante informe de vida labo
ral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social al que deberá acompañar,
además, contrato de trabajo u otro documento que acredite la categoría y, en su caso,
especialidad, porcentaje de jornada y períodos de tiempo trabajados (inicio y fin).