Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064144)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Enfermero/a de Urgencias de Atención Primaria, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
66165
por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación de solici
tudes.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se de
riven del correspondiente nombramiento.
e) No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquier Ser
vicio de Salud o Administración Pública, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para
el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
f) En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en la letra a), no encontrarse
inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funcio
nes o servicios públicos en su Estado, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria,
de alguna de sus Administraciones o servicios públicos.
g) Haber abonado las tasas correspondientes por los derechos de participación en el proce
so selectivo, salvo aquellos solicitantes que estén exentos legal o reglamentariamente.
h) N
o tener la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría y en su caso,
especialidad a la que se opte, en cualquier Servicio de Salud, en la fecha en que finalice
el plazo de presentación de solicitudes.
i) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indem
nidad sexual, en los términos establecidos en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero,
de Protección Jurídica del Menor.
j) No hallarse en alguno de los supuestos que se recogen el artículo 35 bis) de la Ley
1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno
y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse en la fecha en que finalice
el plazo de presentación de instancias y mantenerse, a excepción del requisito previsto en la
letra h), hasta el momento de la toma de posesión como personal estatutario fijo, y acredi
tarse del modo que se indica en la base novena de esta convocatoria.
2.2. Los aspirantes que concurran a la convocatoria por el turno de promoción interna debe
rán reunir, además de los requisitos enumerados en los apartados c), d), e), f), g), h), i) y j),
los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio Extremeño de Salud de otra
categoría de nivel académico igual o inferior al de aquella a la que se pretenda acceder,
sea o no inmediato.
Jueves 26 de diciembre de 2024
66165
por el departamento ministerial competente, dentro del plazo de presentación de solici
tudes.
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se de
riven del correspondiente nombramiento.
e) No haber sido separado del servicio mediante expediente disciplinario de cualquier Ser
vicio de Salud o Administración Pública, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para
el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
f) En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en la letra a), no encontrarse
inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funcio
nes o servicios públicos en su Estado, ni haber sido separado, por sanción disciplinaria,
de alguna de sus Administraciones o servicios públicos.
g) Haber abonado las tasas correspondientes por los derechos de participación en el proce
so selectivo, salvo aquellos solicitantes que estén exentos legal o reglamentariamente.
h) N
o tener la condición de personal estatutario fijo de la misma categoría y en su caso,
especialidad a la que se opte, en cualquier Servicio de Salud, en la fecha en que finalice
el plazo de presentación de solicitudes.
i) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indem
nidad sexual, en los términos establecidos en la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero,
de Protección Jurídica del Menor.
j) No hallarse en alguno de los supuestos que se recogen el artículo 35 bis) de la Ley
1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno
y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán cumplirse en la fecha en que finalice
el plazo de presentación de instancias y mantenerse, a excepción del requisito previsto en la
letra h), hasta el momento de la toma de posesión como personal estatutario fijo, y acredi
tarse del modo que se indica en la base novena de esta convocatoria.
2.2. Los aspirantes que concurran a la convocatoria por el turno de promoción interna debe
rán reunir, además de los requisitos enumerados en los apartados c), d), e), f), g), h), i) y j),
los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de personal estatutario fijo del Servicio Extremeño de Salud de otra
categoría de nivel académico igual o inferior al de aquella a la que se pretenda acceder,
sea o no inmediato.