Servicio Extremeño De Salud. Procesos Selectivos. (2024064128)
Resolución de 19 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Calefactor, en las instituciones sanitarias del Servicio Extremeño de Salud.
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NÚMERO 249
Jueves 26 de diciembre de 2024
65637
c) Declaración responsable de no haber sido separado del servicio mediante expediente
disciplinario de cualquier servicio de salud o Administración Pública, ni hallarse inhabi
litado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función
pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
d) Declaración responsable de no poseer la condición de personal estatutario fijo de la
misma categoría y/o especialidad a la que accede en la fecha de finalización de presen
tación de instancias.
e) Declaración responsable de no hallarse en alguno de los supuestos que se recogen en
el artículo 35 bis) de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los
cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extre
madura.
f) Documentación acreditativa de poseer la capacidad funcional necesaria para el des
empeño de las funciones objeto de la convocatoria en la forma que se determine en la
resolución por la que se apruebe la relación definitiva de aprobados.
g) Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar
además de los documentos a que se refieren los apartados anteriores, certificación de
los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad.
9.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos a
los que se refiere este apartado, se podrá acreditar que se reúnen los requisitos exigidos en
esta convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho, debiendo apor
tarse, en todo caso, en el plazo otorgado para ello.
9.3. En la resolución por la que se publica la relación definitiva de aprobados, podrá esta
blecerse un número adicional de aspirantes, que no podrá ser superior al 30% de las plazas
convocadas, que habrán de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los
requisitos exigidos en esta convocatoria.
9.4. Quienes, estando obligados a hacerlo según lo establecido en los apartados anteriores,
no presenten la documentación acreditativa, perderán, salvo caso de fuerza mayor, el derecho
a ser nombrados personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en su solicitud.
Décima. Elección y adjudicación de plaza.
10.1. Finalizado el plazo de presentación de documentos, se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño
Jueves 26 de diciembre de 2024
65637
c) Declaración responsable de no haber sido separado del servicio mediante expediente
disciplinario de cualquier servicio de salud o Administración Pública, ni hallarse inhabi
litado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, y de no estar sometido
a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función
pública para los aspirantes que no posean la nacionalidad española.
d) Declaración responsable de no poseer la condición de personal estatutario fijo de la
misma categoría y/o especialidad a la que accede en la fecha de finalización de presen
tación de instancias.
e) Declaración responsable de no hallarse en alguno de los supuestos que se recogen en
el artículo 35 bis) de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los
cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extre
madura.
f) Documentación acreditativa de poseer la capacidad funcional necesaria para el des
empeño de las funciones objeto de la convocatoria en la forma que se determine en la
resolución por la que se apruebe la relación definitiva de aprobados.
g) Los aspirantes que hayan concurrido por el turno de discapacidad deberán presentar
además de los documentos a que se refieren los apartados anteriores, certificación de
los órganos competentes que acredite la condición y el grado de discapacidad.
9.2. Ante la imposibilidad debidamente justificada de presentar alguno de los documentos a
los que se refiere este apartado, se podrá acreditar que se reúnen los requisitos exigidos en
esta convocatoria, mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho, debiendo apor
tarse, en todo caso, en el plazo otorgado para ello.
9.3. En la resolución por la que se publica la relación definitiva de aprobados, podrá esta
blecerse un número adicional de aspirantes, que no podrá ser superior al 30% de las plazas
convocadas, que habrán de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los
requisitos exigidos en esta convocatoria.
9.4. Quienes, estando obligados a hacerlo según lo establecido en los apartados anteriores,
no presenten la documentación acreditativa, perderán, salvo caso de fuerza mayor, el derecho
a ser nombrados personal estatutario fijo, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran
haber incurrido por falsedad en su solicitud.
Décima. Elección y adjudicación de plaza.
10.1. Finalizado el plazo de presentación de documentos, se publicará en el Diario Oficial de
Extremadura resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Extremeño