Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Pymes. Ayudas. (2024050209)
Orden de 17 de diciembre de 2024 por la que se fija el tipo de interés máximo a aplicar durante el primer semestre natural del año 2025 a las operaciones formalizadas al amparo del Decreto 142/2001, de 25 de septiembre, por el que se establece un programa de financiación prioritaria del tejido empresarial de esta Comunidad Autónoma.
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NÚMERO 249
66271
Jueves 26 de diciembre de 2024
Asimismo, el tipo de interés nominal máximo a aplicar durante el primer semestre natural de
2025 para las distintas líneas acogidas al Decreto 142/2001, y en concreto a aquellas operaciones formalizadas o que se formalicen a partir de la entrada en vigor del Decreto 40/2003,
de 8 de abril, es:
a) Un tipo de interés máximo del 3,75% nominal anual a las operaciones a las que sean de
aplicación la siguiente línea:
— Línea de Préstamos de Financiación de Inversiones.
b) Un tipo de interés máximo del 5,00% nominal anual a aplicar el primer año de la vigencia de la operación, y para el resto de los años, un tipo de interés máximo del 3,25% en
la siguiente línea de financiación:
— Línea de Financiación Solidaria.
Y este mismo tipo será el establecido para aquellas operaciones a las que le sea de aplicación
la Disposición Adicional Duodécima de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de
Reforma del Sistema Financiero.
Mérida, 17 de diciembre de 2024.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA
66271
Jueves 26 de diciembre de 2024
Asimismo, el tipo de interés nominal máximo a aplicar durante el primer semestre natural de
2025 para las distintas líneas acogidas al Decreto 142/2001, y en concreto a aquellas operaciones formalizadas o que se formalicen a partir de la entrada en vigor del Decreto 40/2003,
de 8 de abril, es:
a) Un tipo de interés máximo del 3,75% nominal anual a las operaciones a las que sean de
aplicación la siguiente línea:
— Línea de Préstamos de Financiación de Inversiones.
b) Un tipo de interés máximo del 5,00% nominal anual a aplicar el primer año de la vigencia de la operación, y para el resto de los años, un tipo de interés máximo del 3,25% en
la siguiente línea de financiación:
— Línea de Financiación Solidaria.
Y este mismo tipo será el establecido para aquellas operaciones a las que le sea de aplicación
la Disposición Adicional Duodécima de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de
Reforma del Sistema Financiero.
Mérida, 17 de diciembre de 2024.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
ELENA MANZANO SILVA