Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Mancomunidades. Ayudas. (2024064088)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura, correspondientes al año 2024.
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NÚMERO 247
Lunes 23 de diciembre de 2024

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puestaria 220060000/115B/46000 y programa de financiación 20080173 por cuantía de dos
millones doscientos noventa mil trescientos treinta y dos euros (2.290.332 €), e inversiones,
con cargo a la aplicación presupuestaria 220060000/115B/76000 y programa de financiación
20080173, por cuantía de trescientos mil euros (300.000 €), de los Presupuestos Generales
de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, y se efectuará de la siguiente
forma:
a) Un primer cincuenta por ciento con la concesión de la ayuda.
b) El cincuenta por ciento restantes, una vez justificados gastos por un montante equiva‑
lente al pago del primer cincuenta por ciento de la cantidad concedida, para lo cual, la
secretaría‑intervención de la mancomunidad deberá remitir la documentación que se
relaciona a continuación:


1. C
 ertificación de la secretaría-intervención acreditativa del cumplimiento del fin de la
subvención y que comprenda la relación de ingresos y gastos llevados a cabo y su
vinculación con la actuación subvencionada.



2. Carta de pago del primer cincuenta por ciento de la subvención abonado a la manco‑
munidad por la Junta de Extremadura o, en su defecto, justificante bancario acredi‑
tativo de su ingreso en la mancomunidad.



3. Copia auténtica de las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente
con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, así como sus
correspondientes justificantes de pago.



4. C
 opia auténtica de los justificantes documentales de los gastos y pagos relativos a
los costes de personal imputados a la actividad.



5. C
 ertificación de la secretaría-intervención acreditativa del cumplimiento de las me‑
didas de identidad, información y publicidad, en aquellas inversiones financiadas
mediante la ayuda concedida, de acuerdo con el artículo 3 del Decreto 50/2001, de 3
de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas
de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 77/1990, de 16 de octubre, por
el que se establece el Régimen General de Concesión de Subvenciones, y fotografía
de la instalación de la placa o cartel informativo.

Tercero. La concesión de las subvenciones será notificada a las mancomunidades integrales
beneficiarias, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de oc‑
tubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo,
la resolución de concesión de estas ayudas será publicada en el Diario Oficial de Extremadura