Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Mancomunidades. Ayudas. (2024064088)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura, correspondientes al año 2024.
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NÚMERO 247
Lunes 23 de diciembre de 2024
64514
Esta convocatoria deriva de la firma del Convenio con las Excelentísimas Diputaciones Provin‑
ciales anteriormente citado.
Cuarto. De conformidad con el resuelvo octavo de la citada resolución de convocatoria, se
presentan las solicitudes de ayudas por las mancomunidades integrales interesadas, las cua‑
les han sido examinadas por el órgano instructor para, en su caso, solicitar la correspondiente
subsanación para así poder completar las mismas.
Quinto. Con el objeto de valorar las solicitudes, según lo dispuesto en los artículos 11 y 12
del citado Decreto 50/2017, de 18 de abril, con fecha de 30 de octubre de 2024, se constituyó
la Comisión Tripartita.
Sexto. Con el objeto de valorar las solicitudes, según lo dispuesto en los artículos 7 y 15 del
citado Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio, referidos respectivamente a los “cri‑
terios de modulación de las ayudas” y a la “comisión de valoración”, una vez constituida la
citada Comisión, está se ha reunido con fecha 11 de diciembre de 2024 y de acuerdo con el
acta de esa sesión, de fecha 16 de diciembre de 2024, en la que se recoge el resultado de la
valoración efectuada se realiza la presente resolución de concesión.
Y de conformidad con los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece que serán órganos competentes para la resolución de
subvenciones, dentro de su ámbito de competencia y previa consignación presupuestaria, los
Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura atribuye a la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, entre otras,
las competencias en materia de Administración Local.
De acuerdo con ello, el resuelvo noveno de Resolución de 17 de octubre de 2024, de la Secre‑
taría General, por la que se convocan ayudas del Fondo de Cooperación para Mancomunidades
Integrales de Municipios de Extremadura, durante el ejercicio 2024, en su apartado sexto es‑
tablece que “La concesión de estas ayudas se realizará mediante resolución del Secretario Ge‑
neral de la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura y
se notificará en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de la publicación de la presente
resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de notificación de la
resolución expresa legitima a la mancomunidad interesada para entenderla desestimada por
Lunes 23 de diciembre de 2024
64514
Esta convocatoria deriva de la firma del Convenio con las Excelentísimas Diputaciones Provin‑
ciales anteriormente citado.
Cuarto. De conformidad con el resuelvo octavo de la citada resolución de convocatoria, se
presentan las solicitudes de ayudas por las mancomunidades integrales interesadas, las cua‑
les han sido examinadas por el órgano instructor para, en su caso, solicitar la correspondiente
subsanación para así poder completar las mismas.
Quinto. Con el objeto de valorar las solicitudes, según lo dispuesto en los artículos 11 y 12
del citado Decreto 50/2017, de 18 de abril, con fecha de 30 de octubre de 2024, se constituyó
la Comisión Tripartita.
Sexto. Con el objeto de valorar las solicitudes, según lo dispuesto en los artículos 7 y 15 del
citado Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio, referidos respectivamente a los “cri‑
terios de modulación de las ayudas” y a la “comisión de valoración”, una vez constituida la
citada Comisión, está se ha reunido con fecha 11 de diciembre de 2024 y de acuerdo con el
acta de esa sesión, de fecha 16 de diciembre de 2024, en la que se recoge el resultado de la
valoración efectuada se realiza la presente resolución de concesión.
Y de conformidad con los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. El artículo 9.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, establece que serán órganos competentes para la resolución de
subvenciones, dentro de su ámbito de competencia y previa consignación presupuestaria, los
Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura.
El Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y
competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura atribuye a la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, entre otras,
las competencias en materia de Administración Local.
De acuerdo con ello, el resuelvo noveno de Resolución de 17 de octubre de 2024, de la Secre‑
taría General, por la que se convocan ayudas del Fondo de Cooperación para Mancomunidades
Integrales de Municipios de Extremadura, durante el ejercicio 2024, en su apartado sexto es‑
tablece que “La concesión de estas ayudas se realizará mediante resolución del Secretario Ge‑
neral de la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura y
se notificará en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de la publicación de la presente
resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de notificación de la
resolución expresa legitima a la mancomunidad interesada para entenderla desestimada por