Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Inspectores De Educación. Comisión De Evaluación. (2024064073)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se establece la constitución y actuaciones de la Comisión de Evaluación de los integrantes de la bolsa de trabajo nombrados en comisión de servicios para cubrir vacantes con carácter provisional en la Inspección de Educación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 247
Lunes 23 de diciembre de 2024



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— Persona que desempeña la Jefatura adjunta de la Unidad de Inspección provincial de
Badajoz.

Actuará como Secretario o Secretaria la persona que ostente la Jefatura adjunta de Inspección de menor edad.
1.2. La comisión evaluadora se constituirá anualmente en el primer trimestre del curso. De
su constitución se levantará acta, según el modelo que se publica como anexo II de la
presente resolución.
Segunda. Funciones de la comisión evaluadora.
a) Validar los criterios e instrumentos adecuados para realizar la valoración del desarrollo
de las funciones en la inspección de educación que se publican en el anexo I de la presente resolución.
b) Valorar el trabajo realizado por los miembros de la bolsa de trabajo que hayan sido
nombrados en comisión de servicios en la Inspección y hayan ejercido como tales durante al menos tres meses en el curso.
c) Elaborar un informe individual del resultado de la valoración realizada.
Tercera. Actuación de la comisión y procedimiento.
3.1. La comisión evaluadora, al comienzo del procedimiento evaluador, validará los instrumentos y criterios de evaluación.
3.2. L
 a comisión calificará a los funcionarios en comisión de servicios, reflejando las
calificaciones en un acta según el modelo que se publica como anexo III de la presente
resolución.
3.3. E
 n el caso de que la valoración final del desempeño de algún inspector o inspectora, por
parte de la comisión evaluadora, resulte negativa, el inspector o la inspectora accidental
será citada con el objeto de que reciba las explicaciones que motivan la valoración y se
le otorgará un plazo de 10 días para que haga las alegaciones que considere oportunas.
La comisión evaluadora emitirá su calificación final tras la valoración de las alegaciones.
3.4. U
 na vez finalizada su actuación y, en todo caso, antes del día 15 de julio, la comisión
evaluadora remitirá a la Dirección General de Personal Docente de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura la relación de los
funcionarios evaluados en la que se hará constar el resultado de la evaluación.
3.5. Los inspectores accidentales que no obtengan una valoración positiva del desarrollo de
sus funciones serán excluidos de la bolsa de trabajo al finalizar el curso escolar correspondiente.