Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Subvenciones. (2024040267)
Decreto 155/2024, de 17 de diciembre, por el que se acuerda de forma singular la concesión directa de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de actuaciones de prevención y control del virus del Nilo Occidental.
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NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024
64301
Dentro de las medidas de gestión del vector para conseguir su eliminación o la reducción de
la densidad de su población hasta umbrales que permitan la mayor protección de la salud humana, se deben considerar dos aspectos, tanto al tipo de tratamiento como al espacio de aplicación: a) tratamiento larvicida y adulticida; b) espacios urbanos, periurbanos y no urbanos.
La primera línea de actuación consistiría en evitar la puesta de huevos y el crecimiento de las
larvas acuáticas (tratamiento larvicida) para evitar la proliferación el vector. No obstante, el
crecimiento de población adulta en el periodo estival exigiría tratamientos complementarios
sobre los ejemplares adultos durante estos picos de incremento poblacional.
Este control vectorial deberá ser diseñado, planificado y ejecutado por un servicio biocida
inscrito en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas de Extremadura o en
cualquiera de los registros correspondientes del resto de comunidades y ciudades autónomas
de España.
Por otro lado, el referido Plan Extremeño de Preparación y Respuesta frente a Vectores atribuye a la administración local la responsabilidad de la ejecución de determinadas acciones encaminadas al control de la transmisión del VNO. Por ello, la Junta de Extremadura ha recibido
diversas solicitudes de ayuda económica de los municipios y entidades afectadas, en especial
de los de menor capacidad económica y de gestión, para hacer frente a los costes adicionales
que suponen la aplicación de tratamientos de prevención y control.
La Junta de Extremadura tiene entre sus fines promover, ejecutar y apoyar las actividades
dirigidas a mejorar la calidad de vida de quienes habitan en la Comunidad Extremeña, por
lo que se considera necesario colaborar con los municipios y entidades afectadas y para que
adopten medidas inmediatas y eficaces encaminadas al control de la transmisión del VNO.
De acuerdo con lo expuesto, el presente decreto tiene por objeto acordar la concesión directa,
con carácter excepcional y por razones de interés público y social, de subvenciones a aquellos
municipios de menos de 20.000 habitantes, que son los que menos recursos tienen para llevar a cabo este tipo de actuaciones, y entidades locales menores de Extremadura afectados.
En cuanto a los beneficiarios de estas ayudas, de acuerdo con el informe de situación y actuaciones de cooperación para la prevención de la fiebre del Nilo en Extremadura, emitido por
la Dirección General de Salud Pública, con fecha 8 de noviembre de 2024, los municipios y
entidades locales menores con casos notificados se encontrarían en los niveles de riesgo 3 y
4. A ello se debe unir la especificidad que presenta la especie de mosquito del género Cúlex,
la transmisión transovárica (el virus de una hembra infectada pasa a sus huevos, que pueden
eclosionar en la siguiente temporada cuando las condiciones de temperatura y humedad sean
las adecuadas), así como el hecho que el 61,53% de las localidades que notificaron casos
Viernes 20 de diciembre de 2024
64301
Dentro de las medidas de gestión del vector para conseguir su eliminación o la reducción de
la densidad de su población hasta umbrales que permitan la mayor protección de la salud humana, se deben considerar dos aspectos, tanto al tipo de tratamiento como al espacio de aplicación: a) tratamiento larvicida y adulticida; b) espacios urbanos, periurbanos y no urbanos.
La primera línea de actuación consistiría en evitar la puesta de huevos y el crecimiento de las
larvas acuáticas (tratamiento larvicida) para evitar la proliferación el vector. No obstante, el
crecimiento de población adulta en el periodo estival exigiría tratamientos complementarios
sobre los ejemplares adultos durante estos picos de incremento poblacional.
Este control vectorial deberá ser diseñado, planificado y ejecutado por un servicio biocida
inscrito en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas de Extremadura o en
cualquiera de los registros correspondientes del resto de comunidades y ciudades autónomas
de España.
Por otro lado, el referido Plan Extremeño de Preparación y Respuesta frente a Vectores atribuye a la administración local la responsabilidad de la ejecución de determinadas acciones encaminadas al control de la transmisión del VNO. Por ello, la Junta de Extremadura ha recibido
diversas solicitudes de ayuda económica de los municipios y entidades afectadas, en especial
de los de menor capacidad económica y de gestión, para hacer frente a los costes adicionales
que suponen la aplicación de tratamientos de prevención y control.
La Junta de Extremadura tiene entre sus fines promover, ejecutar y apoyar las actividades
dirigidas a mejorar la calidad de vida de quienes habitan en la Comunidad Extremeña, por
lo que se considera necesario colaborar con los municipios y entidades afectadas y para que
adopten medidas inmediatas y eficaces encaminadas al control de la transmisión del VNO.
De acuerdo con lo expuesto, el presente decreto tiene por objeto acordar la concesión directa,
con carácter excepcional y por razones de interés público y social, de subvenciones a aquellos
municipios de menos de 20.000 habitantes, que son los que menos recursos tienen para llevar a cabo este tipo de actuaciones, y entidades locales menores de Extremadura afectados.
En cuanto a los beneficiarios de estas ayudas, de acuerdo con el informe de situación y actuaciones de cooperación para la prevención de la fiebre del Nilo en Extremadura, emitido por
la Dirección General de Salud Pública, con fecha 8 de noviembre de 2024, los municipios y
entidades locales menores con casos notificados se encontrarían en los niveles de riesgo 3 y
4. A ello se debe unir la especificidad que presenta la especie de mosquito del género Cúlex,
la transmisión transovárica (el virus de una hembra infectada pasa a sus huevos, que pueden
eclosionar en la siguiente temporada cuando las condiciones de temperatura y humedad sean
las adecuadas), así como el hecho que el 61,53% de las localidades que notificaron casos