Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040246)
Corrección de errores del Decreto 117/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la transformación digital del ámbito industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024
64343
7. C
OMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que la Dirección General de Digitalización Regional
efectúe dicha comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportando en cada caso el documento solicitado.
□M
E OPONGO a que la Dirección General de Dirección General de Digitalización Regional
recabe de oficio el NIF de la entidad solicitante, que obre en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por la Plataforma de
Intermediación de datos de la Administración General del Estado. Por lo que se aporta
el NIF de la entidad solicitante.
□M
E OPONGO a que la Dirección General de Digitalización Regional recabe de oficio la
identidad del representante legal, que obre en sus archivos, bases de datos u otros
fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por la Plataforma de Intermediación de datos de la Administración General del Estado. Por lo que se aporta el NIF del
representante legal.
□M
E
OPONGO a que la Dirección General de Digitalización Regional recabe de oficio
Informe de la plantilla media de trabajadores en alta de la empresa, expedida por la
Tesorería General de la Seguridad Social correspondientes al período de los 12 meses
anteriores a la publicación de la convocatoria de las ayudas en el DOE, salvo que la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso deberá referirse desde
que se produjo el alta en la Seguridad Social.
□M
E OPONGO a que la Dirección General de Digitalización Regional consulte de oficio en
la RED SARA la copia simple del poder de representante legal (únicamente en el caso de
que el poder de representante legal se haya elevado a público ante notario a partir del
5 de junio de 2014). Por lo que se aportan los poderes de representación de la entidad
solicitante.
8. A
UTORIZACIÓN EXPRESA PARA COMPROBACIÓN DE DATOS:
De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora
de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de
los servicios públicos que modifica el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el artículo 95.1 k)
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, las Administraciones Publicas
podrán recabar o consultar de oficio los datos que a continuación se relacionan, previa au-
Viernes 20 de diciembre de 2024
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7. C
OMPROBACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las
administraciones públicas podrán recabar o verificar los datos que a continuación se relacionan. Si manifiesta su oposición a que la Dirección General de Digitalización Regional
efectúe dicha comprobación, deberá indicarlo marcando la casilla correspondiente y aportando en cada caso el documento solicitado.
□M
E OPONGO a que la Dirección General de Dirección General de Digitalización Regional
recabe de oficio el NIF de la entidad solicitante, que obre en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por la Plataforma de
Intermediación de datos de la Administración General del Estado. Por lo que se aporta
el NIF de la entidad solicitante.
□M
E OPONGO a que la Dirección General de Digitalización Regional recabe de oficio la
identidad del representante legal, que obre en sus archivos, bases de datos u otros
fondos documentales o mediante los servicios ofrecidos por la Plataforma de Intermediación de datos de la Administración General del Estado. Por lo que se aporta el NIF del
representante legal.
□M
E
OPONGO a que la Dirección General de Digitalización Regional recabe de oficio
Informe de la plantilla media de trabajadores en alta de la empresa, expedida por la
Tesorería General de la Seguridad Social correspondientes al período de los 12 meses
anteriores a la publicación de la convocatoria de las ayudas en el DOE, salvo que la empresa tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso deberá referirse desde
que se produjo el alta en la Seguridad Social.
□M
E OPONGO a que la Dirección General de Digitalización Regional consulte de oficio en
la RED SARA la copia simple del poder de representante legal (únicamente en el caso de
que el poder de representante legal se haya elevado a público ante notario a partir del
5 de junio de 2014). Por lo que se aportan los poderes de representación de la entidad
solicitante.
8. A
UTORIZACIÓN EXPRESA PARA COMPROBACIÓN DE DATOS:
De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora
de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de
los servicios públicos que modifica el artículo 12.8 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el artículo 95.1 k)
de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, las Administraciones Publicas
podrán recabar o consultar de oficio los datos que a continuación se relacionan, previa au-