Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024040246)
Corrección de errores del Decreto 117/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a la transformación digital del ámbito industrial en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 246
Viernes 20 de diciembre de 2024

64341

3. A
 CTUACIONES SUBVENCIONABLES E INVERSION PREVISTA PARA LAS QUE SE SOLICITAN
LAS AYUDAS
En el siguiente cuadro deberá indicarse la cuantificación económica de la inversión que se
prevé realizar para cada actuación:

Actuaciones subvencionables



Internet de las cosas (IoT):



Inteligencia Artificial (IA) y Machine Learning:



Realidad Aumentada (AR):



Realidad Virtual (VR):



Fabricación Aditiva (Impresión 3D):



Robótica colaborativa:



Robótica industrial:



Gemelo Digital (Digital Twin):



Blockchain:



5G:



Plan Estratégico de Transformación Digital:

Inversión prevista
sin IVA (€)

Inversión total prevista sin IVA (€)
(La subvención será el 80% de la inversión prevista hasta llegar al máximo
previsto en la convocatoria)
NOTA: La inversión prevista será el importe que el solicitante de la subvención se compromete a realizar para la
implantación de las actuaciones subvencionables descritas en el artículo 4 y conforme a los gastos subvencionables
establecidos en el artículo 5.
El importe de la inversión prevista se indicará siempre sin considerar el IVA.
El importe indicado en el anterior cuadro será la inversión total aprobada posteriormente en la resolución de concesión y tenido en cuenta, en caso de incumplimiento.
Los datos indicados en este apartado deben coincidir con los indicados en el apartado 2.2 del anexo II de la memoria
de actuaciones subvencionables.